PRESERVAR PRIMERO · SEGUIR EL VALOR · DECIDIR EL FONDO DESPUÉS

El remedio no puede llegar cuando el valor ya se ha ido.

El registro Sun Park / MYND Yaiza ya permite formular una pregunta distinta. No sólo quién hizo qué en el pasado, sino qué activos, ingresos, derechos, documentos y metadatos se están preservando hoy para que una futura decisión judicial, fiscal, supervisora o administrativa siga siendo efectiva.

Una misma cadena económica puede atravesar varias personas jurídicas y varios expedientes administrativos. Los expedientes pueden estar separados. La cadena de valor no.

Actualización de planificación · 19 septiembre 2026

DP1901 y E.G.745: objetivo de respuesta el 20 de septiembre por la tarde-noche

Objetivo operativo fijado por Gil Marer: completar las respuestas correspondientes, a más tardar, la tarde-noche del 20 de septiembre de 2026, hora de Canarias. Es una fecha de trabajo; no certifica el vencimiento legal ni modifica un plazo aplicable. No se anuncia aquí que se haya presentado escrito alguno.

DP1901 · actuaciones personalesCompletar los avisos, solicitudes y preservación que Gil pueda promover por sí mismo, con destinatario y función propios.
DP1901 · recurso judicialVía separada dependiente de revisión y presentación profesional. No entra en el cómputo de actuaciones personales.
E.G.745 · respuesta propiaIncorporar el módulo DP1901 y finalizar la respuesta sucesora dentro del mismo objetivo operativo, sin esperar indefinidamente contestaciones de otras autoridades.

Estado controlado:13 candidatos directos de actuación personal recuperados; 20 rutas económicas, de recuperación o acceso conexas. Son conjuntos de trabajo: no acreditan33 escritos nuevos necesarios ni un censo histórico exhaustivo. El total definitivo sigue abierto. Borrador, registro, recepción e incorporación son estados distintos.

El Auto de 14 de septiembre, recibido en papel por correo el 18 de septiembre y fotografiado, recoge un informe fiscal de 29 de julio que interesó el archivo. La copia electrónica judicial nativa, el informe firmado, su autor y corpus, y el puente oficial de reparto/asociación Ref.21–Ref.24 siguen pendientes. La cronología Ref.21→DP1901 está corroborada contemporáneamente; la dirección de la colisión no está certificada.

Una cadena económica; competencias y pruebas diferenciadas

La hipótesis atribuida a Gil Marer/Aweswell enlaza autoridad comunitaria y ACTAS, deuda/voto/exclusión, uso procesal, Concurso y supervisión, control/título, RIC/RICPE, obras/HNT/MYND, incentivos/FEDER, explotación e ingresos. Es una hipótesis penal y patrimonial a contrastar, no una declaración de culpabilidad. La participación posterior o inclusión instrumental de terceros no prueba conocimiento ni intención.

Preservar primero → rastrear el valor → determinar el fondo → recuperar o restituir cuando proceda legalmente. Cada órgano recibe una petición ajustada a sus potestades. No se solicita decomiso indiscriminado ni se suman ventas de cartera, facturación de la gestora y valor de activos.

Control 19/09/2026. La publicación informa del programa; la presentación sólo se acredita con los bytes efectivamente enviados y el acuse oficial. La vía judicial no queda suspendida por estos avisos.

Seguir el valor, no la etiqueta.

Una sociedad posterior, una reestructuración, una inscripción, una refinanciación, una reforma, un operador o una nueva marca hotelera son hechos posteriores. No prueban por sí mismos ilicitud. Tampoco extinguen por sí solos la trazabilidad de lo anterior.

Activo / derecho original→Posesión / control→Capa societaria→Financiación→Obras→Explotación hotelera→Ingresos / frutos→Refinanciación→Distribución / valor sustituto→Titular actual

La fragmentación administrativa no rompe la trazabilidad económica. La tarea institucional es identificar qué órgano controla cada tramo, qué potestad legal puede utilizar y qué se ha preservado realmente.

Las potestades ya existen.

Intervención judicial penal

Código Penal art. 33.7.g). La intervención judicial puede alcanzar a toda una persona jurídica o limitarse a instalaciones, secciones o unidades de negocio. El juez instructor puede acordarla cautelarmente durante la instrucción. La ley reconoce al interventor acceso a locales e información.

Fuente primaria: Código Penal, art. 33.7.g).

Embargar pronto para que el decomiso sea efectivo

Código Penal art. 127 octies. Bienes, medios, instrumentos y ganancias pueden ser aprehendidos o embargados y puestos en depósito por la autoridad judicial desde las primeras diligencias para preservar la efectividad del decomiso. El art. 127 septies contempla separadamente el decomiso por valor equivalente.

Es una potestad de preservación; no significa que ningún activo posterior identificado esté ya judicialmente declarado producto del delito.

CNMV: intervención y sustitución

Ley 22/2014 art. 102 aplica expresamente a SCR, SICC, SGEIC y depositarios el régimen de intervención y sustitución de la Ley 35/2003. Sus arts. 72–75 contemplan, ante los presupuestos legales, intervención o sustitución provisional, interventores/administradores, acceso a oficinas, libros y documentos y control de actos posteriores.

La pregunta inmediata es la clasificación regulatoria exacta del vehículo RICPE, su gestora y depositario y si la evidencia alcanza el umbral legal.

ORGA — preservar y administrar valor

La Oficina de Recuperación y Gestión de Activos es órgano auxiliar de la Administración de Justicia con funciones legales de localización, recuperación, conservación, administración y realización de activos dentro de su ámbito penal. El valor productivo no tiene por qué disiparse mientras el procedimiento continúa.

ORGA no decide por sí sola la culpabilidad ni crea el embargo judicial previo.

Estructuras sin personalidad jurídica

Código Penal art. 129 extiende determinadas consecuencias a empresas, organizaciones, grupos y otras entidades sin personalidad jurídica cuando concurren sus requisitos. La naturaleza jurídica de cada Comunidad/CEXP/estructura de propietarios debe establecerse primero: no son intercambiables.

Fiscalidad, incentivos y fondos europeos

AEAT, órganos canarios de Hacienda/control, concedentes de ayudas e IGAE/SNCA tienen competencias distintas. La cuestión común es la reconciliación transversal: RIC → financiación RICPE/HNT → obras y costes elegibles → incentivos regionales → dimensión FEDER/UE → facturas, pagos y certificaciones.

La sucesión de aprobaciones no sustituye la identificación de qué órgano verificó de forma independiente los hechos que cada acto dio por supuestos.

Qué cambió el 20 de agosto.

Fiscalía AnticorrupciónAcusó recibo. La comunicación sigue pendiente de admisión y se solicitó subsanar la firma/formalidad. Ese es el estado que acredita hoy la fuente primaria.
AEAT · 00001-00113069Una notificación de 20 de agosto comunica el comienzo de tramitación del procedimiento de acceso y señala a AEAT como órgano que resolverá. No consta todavía una resolución sustantiva de acceso.
CGPJ · DI 169/2026 / Alzada 286/2026Se utilizaron vías diferenciadas hacia Recursos y Secretaría General. Un envío separado al buzón general de información fue rechazado con error 550 y no se computa como entregado.
Gobierno de Canarias · RIC / incentivos / FEDERLa nueva solicitud de reconciliación transversal y preservación pregunta qué órgano ha conciliado de extremo a extremo Sun Park / RICPE / HNT / incentivos regionales / fondos europeos y sobre qué documentación primaria.

La exigencia es finita.

Cada autoridad competente debe poder responder siete preguntas.

  1. ¿Qué activo, renta, derecho, cuenta, documento o conjunto de datos entra en su competencia?
  2. ¿Qué potestad de preservación, intervención, supervisión, embargo, administración o recuperación resulta aplicable?
  3. ¿Qué presupuesto fáctico y jurídico la activa?
  4. ¿Qué documentación primaria se ha contrastado con ese umbral?
  5. ¿Qué se ha preservado o cautelado realmente y desde qué fecha?
  6. ¿Qué otro órgano controla el siguiente tramo de la cadena de valor?
  7. Si no se considera justificada ninguna medida, ¿cuál es la razón y qué expediente documenta esa decisión?

La carga ha pasado de la visibilidad a la actuación institucional. Project Sun Rock no pide decomiso por proclamación. Exige que una recuperación que eventualmente resulte procedente no quede vacía por demora institucional, expedientes fragmentados o desplazamiento del valor alcanzable mientras todavía se decide el fondo.

Marco comparado de recuperación de activos

El informe OCDE 2025 Confiscation Measures and Sanctions in Corruption Cases in Kazakhstan no es Derecho español. Sirve como metodología comparada para seguir productos directos, transformados o derivados, valor mezclado, adquisiciones por terceros, recuperación por valor equivalente e investigación financiera sistemática. Las potestades españolas expuestas arriba descansan en normas españolas primarias.