PROCEDIMIENTO CANÓNICO · TF-CIV-002 · ACTUAL A 18 DE SEPTIEMBRE DE 2026

ETJ 163/2020 · ejecución Matkator

Procedimiento de ejecución civil en La Laguna. Es la continuación ejecutiva directa de Cambiario 1048/2019 y el principal contexto civil de las alegaciones distintas examinadas en DP 748/2026.

ReferenciaETJ 163/2020
NIG 3802342120190009565
Estado MasterTF-CIV-002 · ACTIVE
ÓrganoJPI nº3 histórico → actual Plaza nº3, Sección Civil, La Laguna
PD-SP-I-0038
Jueza identificada por fuenteCarmen Rosa Marrero Fumero · PD-SP-P-0150

3 de septiembre de 2026 · escrito de parte anterior al Auto de 17 septiembre

ImpugnaciónCuatrecasas se opone al recurso de reposición de Matkator relativo a la negativa a suspender la ejecución.
Petición inmediataContinuación de la ejecución sin más demora y resolución favorable de la solicitud pendiente de adjudicación de la finca registral 8584.
Cesión del remateEl escrito mantiene la facultad solicitada de ceder el remate a un tercero.
Posición sobre DP 748Cuatrecasas sostiene que el procedimiento penal provisionalmente archivado no cumple los requisitos de suspensión ni afecta al título cambiario o al despacho de ejecución.
Límite del escrito de parte. Son posiciones y peticiones de Cuatrecasas, no hechos declarados judicialmente. El escrito no acredita que la adjudicación o cesión se hayan producido, no identifica cesionario o beneficiario y no prueba engaño, intención penal ni responsabilidad.

17–18 septiembre 2026 · resultado judicial y procedencia de notificación

Auto de 17 septiembreEl Auto firmado desestima la reposición de Matkator contra la negativa a suspender la ejecución y declara que contra ese Auto no cabe recurso.
Límite de alcanceDecide únicamente la reposición sobre suspensión. No resuelve DP 748, no identifica adjudicatario/cesionario y no acredita adjudicación, inscripción, posesión o cesión consumadas.
Integridad de notificación nativaSHA-256 del Auto servido: 020b5313c93565cbb536d5eb40feca0e0e7755c20a5e0bada3b91d863a0c6652. SHA-256 de la carátula privada: 693999b0e3bf4f3ca681faa2ebb321f0a32773fd6b482dc7336eb107ea916702. SHA-256 del resumen privado de servicio: 28e616f984f44728b4a174227f89c1cc399c65126041557e4f87ec42f5777f4a. Los hashes de carátula y Auto coinciden con los declarados en el resumen nativo. Las copias brutas de carátula/resumen permanecen privadas por el límite de confidencialidad y protección de datos.
BuscabilidadLos tres PDF nativos tienen capa de texto; no fue necesario OCR. La verificación pública usa texto judicial fuente-seguro, no el envoltorio confidencial de notificación.
Pretensión subsidiaria bajo revisión letrada. La reposición presentada el 26 de junio pidió separadamente, para el caso de denegarse la suspensión total, suspender actos irreversibles de adjudicación, inscripción, posesión y disposición. El Auto localizado de 17 septiembre no contiene pronunciamiento diferenciado sobre ese suplico. El paquete de trabajo ya fue entregado a la dirección letrada para valorar el art. 215.2 LEC; no se afirma presentación de complemento sin justificante primario.
Control de plazo. No se calcula ni publica aquí una fecha final del art. 215.2. La dirección letrada debe verificar el expediente completo de notificación y el cómputo procesal aplicable.

Leer texto judicial fuente-seguro · Abrir actualización conjunta de 18 septiembre

Distinción corregida Aweswell / Matkator

Resultado del corpus controlado. Se documentan facturas, proformas y conversaciones extrajudiciales de honorarios con Aweswell/Gil. No se ha identificado una acción judicial de Cuatrecasas contra Aweswell para cobrar esos honorarios en el corpus controlado España/Reino Unido revisado hasta el 18 de septiembre de 2026. La vía judicial aquí identificada fue contra Matkator mediante Cambiario 1048/2019 y esta ETJ.

Esto no acredita que Matkator no fuera responsable. Siguen siendo decisivos los pagarés originales, la asignación de encargos y facturas, la autorización del firmante, la demanda cambiaria inicial y el expediente certificado de emplazamiento/formación del título.

Qué debe reconstruirse antes de conclusiones más fuertes

Título y base deudoraTítulo cambiario exacto, pagarés, causa, firmante, autorización, base acreedor/deudor y pronunciamiento concedido.
Emplazamiento y formación del títuloCada averiguación e intento, solicitud de edictos, manifestaciones al Juzgado, publicación, participación/rebeldía y firmeza.
Cronología de conocimientoQué avisos o documentos sobre el inmueble fueron recibidos antes de cada escrito ejecutivo de 2024–2026.
Identidad del bienMapa Registro/Catastro/realidad física y de uso de finca 8584, posesión, valoración y qué adquiriría realmente el adjudicatario.
Contabilidad actualFactura → pagaré → principal Cambiario → intereses/costas ETJ → pagos/créditos → saldo actual.
Trazabilidad de cesiónInstrumento, tratamiento judicial, cesionario, contraprestación, UBO, pago, Registro y posesión sólo si la cesión se produce realmente.

acto exacto → actor/capacidad → conocimiento en esa fecha → manifestación u omisión exacta → acto judicial solicitado/inducido → consecuencia patrimonial → perjuicio/beneficio

Estado de DP 748 después del 16 de septiembre

La reforma de DP 748 fue resuelta el 16 de julio y transmitida el 1 de septiembre. El 9 de septiembre la parte denunciante presentó impulso de la apelación subsidiaria, alegaciones ad cautelam del art. 766.4 y el escrito ETJ de 3 de septiembre como documento sobrevenido. El 16 de septiembre la LAJ ordenó tramitar la apelación subsidiaria y dio al Ministerio Fiscal cinco días para alegaciones.

Tratamiento cauteloso. La tramitación en el órgano de origen está verificada. Siguen sin verificarse remisión a la Audiencia Provincial, rollo separado, Sala/ponente y resultado. El Auto ETJ de 17 septiembre es un desarrollo civil posterior y no decide la apelación penal.

Titulares judiciales identificados por fuente

Las identidades canónicas específicas por acto incluyen a Carmen Rosa Marrero Fumero (jueza) y a María del Pilar Parrilla Martín, Juan Manuel Pérez Ramos, Cristina María Hernández Díaz y Francisco Martín Pozo (capacidades LAJ en fechas verificadas). El acto de 28 de julio de 2026 nombra a Cristina María Hernández Díaz en cuerpo/cabecera mientras Francisco Martín Pozo figura como firmante electrónico LAJ; la discrepancia se conserva sin explicación inferida.

Límite penal. ETJ 163/2020 es una ejecución civil. Su interconexión con DP 748/2026 no convierte actos civiles, resoluciones adversas o intervención profesional en prueba de intención penal.