CONCURSO 36/2012 · SENTENCIA 163/2023 · APELACIÓN DE CALIFICACIÓN

AP Las Palmas, Sección 4ª · RPL 2523/2025

RPL 2523/2025 es el rollo de apelación de la calificación, no un simple track de completitud documental. Esta página identifica el estado que puede acreditarse, resume motivos formulados por las partes y separa con rigor el recurso de cualquier actuación penal, civil, regulatoria o disciplinaria.

Atribución: esta página expresa la posición pública de Gil Marer / Por Derecho. No habla colectivamente por las partes apelantes ni por su representación procesal y no sustituye ningún escrito presentado.

ACTUALIZADO · 24 AGOSTO 2026

Nota sobre independencia judicial, estado procesal y reserva de acciones

La publicación no solicita un resultado predeterminado ni pretende introducir material fuera de autos. Explica qué se pide legítimamente de una segunda instancia independiente y cómo se reservan, sin amenaza ni presión personal, los remedios y acciones legalmente disponibles.

Leer la nota íntegra →

TESIS DE USO CRIMINAL · INVESTIGATIVA, NO DECLARADA

La secuencia completa exige investigación; la apelación exige su propio análisis.

Exceso del AC · dictamen fiscal defectuoso de dos páginas · circularidad DI 248 · adopción judicial selectiva · posible beneficio del perímetro Acosta Matos. Esta tesis no es prueba extraprocesal ni pide a la Sala un resultado: RPL 2523/2025 debe decidirse sólo por sus motivos, actuaciones y Derecho aplicable.

Nuestra posiciónNo toda resolución adversa es delictiva. La secuencia documental exige comprobar de forma independiente una posible inversión de responsabilidad y desviación del escrutinio.
Límite de apelaciónRPL 2523/2025 debe resolverse sólo por sus actuaciones, motivos, contradicción y Derecho; cualquier otra acción corresponde a su foro propio.
Abrir posición, objetivos y test probatorio →

ESTADO DOCUMENTAL CONTROLADO

Qué acredita la resolución firmada el 11 de mayo de 2026

Rollo

RPL 2523/2025, Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Las Palmas: recurso de apelación contra la Sentencia 163/2023 dictada en la sección de calificación del Concurso 36/2012.

Partes apelantes identificadas

Luchy Playa Blanca, S.L.U.; Gil Marer; Patricia Domínguez; y Pink Canary Services.

Tramitación indicada

La resolución no señaló vista y fijó deliberación, votación y fallo para el 4 de junio de 2026. Una fecha de deliberación no equivale a sentencia dictada, notificada ni firme.

Último estado verificado

A 24 de agosto de 2026, la revisión del corpus documental y de comunicaciones disponible para Por Derecho no ha localizado una resolución posterior de fondo, su notificación o constancia de firmeza. No localizada no significa inexistente. Debe obtenerse certificación actual del órgano judicial o de la representación procesal.

Composición de la Sala: la resolución relaciona la plantilla de la Sección y señala que tres magistrados bastan salvo el supuesto legal indicado. Ese dato no permite afirmar, sin la resolución final o certificación, cuál fue la formación decisoria efectiva.

PARTES E INSTRUMENTOS · CONTROL DE DENOMINADOR

Tres recursos para cuatro intereses apelantes

El número de personas o sociedades apelantes no equivale al número de escritos. Esta reconstrucción queda sujeta al índice oficial certificado.

InterésInstrumentoEstadoPendiente
Gil MarerRecurso separado, 30-oct-2023Copia presentada localizada; cadena de depósito localizada.Justificante LexNET principal.
Pink Canary + PatriciaUn recurso conjunto de 17 páginas, 30-oct-2023Copia y recibo localizados; borrador de 19 páginas superado.Indexación y notificación certificadas.
LPBRecurso separado reportado, 2-nov-2023Presentación apoyada por comunicaciones, depósito/subsanación y resolución de 11-may-2026.Escrito exacto y recibo principal.
AweswellNingún recurso identificado contra Sentencia 163/2023Sus otros recursos pertenecen a remoción/honorarios del AC.No importar carriles separados.

OBJETO DE LA APELACIÓN

Motivos que constan en los escritos revisados

Los siguientes son motivos alegados por las partes apelantes, no hechos declarados por la Audiencia. La síntesis no sustituye los escritos procesales ni amplía su objeto.

Garantías procesales

Indefensión y nulidad

Gil Marer y Pink Canary/Patricia alegan indefensión en relación con la vista de 25 de julio de 2023, la ausencia de defensa letrada propia y la falta de suspensión solicitada.

Motivación

Congruencia y razonamiento

Los recursos sostienen falta o insuficiencia de motivación, tensiones internas y ausencia de respuesta bastante a cuestiones materiales planteadas.

Hechos y causalidad

Rentas, contrato Pink y agravación

Se impugnan la valoración de las rentas, el contrato y costes de Pink, la prueba pericial y el enlace causal entre las conductas atribuidas y la generación o agravación de la insolvencia.

Otras conclusiones impugnadas

Contabilidad, plazo, colaboración y sanción

Los escritos revisados cuestionan, según cada apelante, la valoración contable, el momento de solicitud del concurso, la colaboración, los defectos atribuidos al informe de la administración concursal y la motivación de la inhabilitación de diez años.

Límite del corpus: se han localizado escritos de Gil y de Pink Canary/Patricia y sus registros asociados en distinto grado. La resolución de 11 de mayo confirma a LPB como apelante, pero el escrito final exacto de LPB y su justificante principal no constan todavía en el corpus controlado por esta página.

CONTROL JUDICIAL LEGÍTIMO

Lo que se pide —y lo que no se pide— a la segunda instancia

La expectativa legítima es estrecha y exigente.

RPL 2523/2025 debe decidirse por su expediente, motivos, contradicción y Derecho aplicable. La tesis pública de uso criminal no es prueba extraprocesal y no busca un resultado predeterminado. Se pide que la Sala confronte de forma independiente la defensa alegada, la prueba, el razonamiento, la causalidad y la proporcionalidad; identifique qué proposiciones resisten el escrutinio y explique por qué. La independencia institucional incluye la capacidad de corregir el error de primera instancia; no es deferencia hacia él. Las demás acciones civiles, penales, regulatorias y disciplinarias quedan expresamente reservadas para sus foros propios.

No se pide a la Sala que adopte las tesis públicas de Por Derecho, investigue de novo toda la historia Sun Park ni valore documentos que no hayan sido incorporados por un cauce procesal válido. Una resolución adversa no probaría delito, represalia o captura; una estimación tampoco probaría la tesis penal.

La crítica pública de decisiones y actuaciones institucionales es compatible con el respeto debido a la independencia judicial. No son compatibles con esta página la amenaza, el condicionamiento personal, la atribución anticipada de delito o la presentación de una discrepancia jurídica como prueba automática de parcialidad.

DOCUMENTOS QUE CERRARÍAN LOS HUECOS

Próximos controles finitos

  1. Sentencia o auto posterior a la fecha de deliberación, diligencia de notificación y certificación de firmeza o recursos pendientes.
  2. Testimonio o índice certificado del expediente remitido a la Sección 4ª.
  3. Escrito final de apelación de LPB y justificante LexNET principal.
  4. Justificante LexNET principal de la interposición de Gil; el justificante localizado el 31 de octubre de 2023 corresponde al depósito del recurso, no acredita por sí solo el envío del escrito principal.
  5. Escritos de oposición o impugnación, actuaciones de Fiscalía y resoluciones de admisión, prueba, remisión o subsanación.
  6. Acta oficial o certificación de la vista de 25 de julio de 2023, acreditación judicial de integridad/procedencia de las tres grabaciones privadas localizadas, transcripción verificable, explicación del intervalo aproximado de 39 minutos entre VIDEO02 y VIDEO03, renuncia letrada, solicitud de suspensión y decisión recaída.
Regla de inferencia: ausencia en el archivo disponible ≠ inexistencia en autos; copia privada localizada ≠ grabación judicial certificada; resolución de primera instancia ≠ firmeza; motivo de apelación ≠ hecho probado; señalamiento ≠ fallo; crítica institucional ≠ prueba de delito.

OTROS ROLLOS · NO CONFUNDIR

RPL 3304/2025 y RPL 3319/2025

Los rollos 3304/2025 y 3319/2025 pertenecen a otros recursos del Concurso 36/2012 y fueron acumulados por auto de 15 de julio de 2026. No deben utilizarse para renombrar o diluir RPL 2523/2025: el 2523/2025 es la apelación de calificación. Cada rollo debe leerse según su resolución apelada, partes, expediente y remedio disponible.