ARCHIVO DE PRIMER NIVEL → RECURSO DE ALZADA PRESENTADO

Exp. Gub. 38/2026: el recurso de alzada ya está presentado y registrado.

El 20 de agosto de 2026 se presentó electrónicamente, por conducto de la Secretaría de Gobierno del TSJ de Canarias, el recurso de alzada dirigido al Secretario General de la Administración de Justicia.

Presentado · justificante verificado · remisión y admisión pendientes

Prueba de presentación. REGAGE registró el recurso como REGAGE26e00074355631 a las 16:45:40 del 20 de agosto de 2026, con destino DIR3 J00023418. El justificante identifica el PDF aportado y su huella SHA-512 exacta.

24 SEPTIEMBRE 2026 · CONEXIÓN ESTATAL/TERRITORIAL

108-2026 identifica una solicitud de información a la Secretaría de Gobierno del TSJC.

El oficio ministerial comunica que se ha solicitado información antes de resolver. Permite seguir la relación entre la vía territorial y estatal, sin afirmar reapertura de Exp. Gub. 38/2026, estimación de su alzada o respuesta ya emitida por el TSJC.

Cadena documentada

Ministerio → solicitud de información → Secretaría de Gobierno del TSJC → valoración pendiente → futura resolución.

Pendiente de producción

Requerimiento ministerial, referencia/alcance y respuesta/anexos del TSJC si existen.

Límite: el oficio no imprime REGAGE26e00082058165, Ref.21, Ref.22, Ref.24 ni el contenido del requerimiento.

Datos verificados

Registro electrónico y control de integridad

Número REGAGEREGAGE26e00074355631
Presentación20/08/2026 · 16:45:36
Registro20/08/2026 · 16:45:40
DestinatarioJ00023418 · Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Canarias
AsuntoRecurso de alzada Exp. Gub. 38/2026 - TSJ Canarias - LAJ/Oficina Judicial
Documento aportadoRECURSO_ALZADA_EXP_GUB_38_2026_GIL_MARER_20AGO2026_PARA_FIRMA_Y_REGISTRO.pdf
SHA-512 del recurso5d64b77eb5e11dc0c1a0de16929db0975b74e760e751356245eeca12eaba4f9f58e3ca68f712f806e6b413d98570ae1e736153b697fafdcfdf0377d83e8a5c6c
SHA-256 del justificante nativoa8ad2de721587b0b6554ca4e5aea8043c48eb919fe26b6f1e10d21c087895b1c

El justificante acredita presentación, destino, fecha, asunto y archivo aportado. No prejuzga la admisión, la remisión efectiva al órgano superior ni el resultado del recurso.

Objeto del recurso

Qué se ha pedido formalmente

Expediente completo

Remisión al Secretario General con informe del órgano autor y copia completa, ordenada e indexada del Exp. Gub. 38/2026.

Cadena íntegra de correos

Incorporación literal de la notificación, el Acuerdo, la respuesta del recurrente con enlaces e imágenes y la respuesta posterior del Secretario de Gobierno.

ATLANTE y preservación

Preservación de la trazabilidad física y electrónica y certificación del alcance de la afirmación institucional sobre ATLANTE.

CGPJ ↔ TSJ

Oficio institucional a la Comisión Permanente, por conducto de la Sección de Recursos y con referencia a Alzada 286/2026 / DI 169/2026, para reconciliar salida, canal, entrega, recepción y registro.

Separación de competencias

Tratamiento diferenciado de servicios LAJ/Oficina, producción dentro del concurso, transmisión interinstitucional y materias que deban remitirse a otros órganos.

Motivación individual

Decisión expresa y motivada sobre toda diligencia denegada, documento excluido, remisión parcial o confirmación del archivo.

Límite. El recurso no pide que el Secretario General decida la cuestión disciplinaria del CGPJ, revise el fondo de resoluciones judiciales ni declare responsabilidad de personas o firmas. Pide preservación, producción, coordinación, trazabilidad y una decisión motivada dentro de cada competencia.

Estado procesal controlado

Qué ha cambiado y qué sigue pendiente

Archivo de primer nivel
Alzada presentada
Remisión al superior pendiente
Decisión pendiente

No se publica todavía que el recurso haya sido admitido, remitido, estudiado o estimado. Tampoco se afirma que el CGPJ haya recibido o considerado la petición interinstitucional.

Privacidad y fuente

El justificante nativo no se publica sin redacción

El justificante REGAGE contiene datos personales repetidos y dirección residencial. El repositorio público conserva únicamente los metadatos institucionales, el asunto, el nombre del archivo y las huellas criptográficas. El PDF nativo permanece preservado en el corpus privado.

Regla probatoria: presentación registrada ≠ admisión · admisión ≠ remisión completa · remisión ≠ examen sustantivo · examen ≠ estimación.