ACCESO A INFORMACIÓN PÚBLICA · ESTADO · AEAT
Expediente 00001-00113069
Ficha de trazabilidad pública y limitada. Conserva el identificador exacto, la secuencia documental conocida y el efecto estrictamente acreditado de la respuesta de 21 de agosto de 2026.
Traslado a AEAT confirmado · fondo y enlace pendientes
Regla de lectura. Esta ficha no decide la controversia tributaria, no formula una nueva acusación y no convierte comunicaciones, solicitudes, reclamaciones, recursos, litigios o expedientes penales distintos en un único procedimiento.
Cronología controlada
Cinco hitos; ningún salto inferencial
| Fecha | Registro o acto | Lo que acredita | Lo que no acredita |
|---|---|---|---|
| 12 dic 2025 | RGE449073832025 | Existencia de una comunicación dirigida a AEAT. | Que se incorporara al expediente posterior o tuviera un efecto sustantivo. |
| 15–16 dic 2025 | REGAGE25e00108884880 | Solicitud de trazabilidad; aceptación por Registro Central AEAT el 16 de diciembre. | Vinculación confirmada con 00001-00113069 o resolución. |
| 5 ene 2026 | 00001-00113069 | Fecha identificada para el expediente estatal de acceso. | Contenido o decisión no contenidos en el documento fuente. |
| 20 ago 2026 | Documento de inicio de tramitación | Actuación procedimental identificada por su fecha. | Acceso concedido, resolución final o corrección tributaria. |
| 21 ago 2026 | Respuesta de la Unidad de Transparencia de Hacienda | El seguimiento fue trasladado a AEAT, órgano responsable de tramitar el expediente; las solicitudes deben incorporarse a la herramienta de gestión. | Recepción por unidad competente, enlace con los registros de diciembre o decisión de fondo. |
Estado probatorio
El hecho nuevo es transferencia, no resolución
Confirmado: Hacienda trasladó el seguimiento a AEAT el 21 de agosto de 2026 y describió a AEAT como órgano responsable de la tramitación.
No establecido: recepción por una unidad materialmente competente; inclusión efectiva en la herramienta; enlace entre
RGE449073832025, REGAGE25e00108884880 y 00001-00113069; análisis sustantivo; ampliación o suspensión; consulta a terceros; resolución; acceso; o efecto alguno sobre actos de AEAT o el recurso Pink–AEAT.Control de identidad
Referencias que deben permanecer separadas
| Referencia | Cauce distinto |
|---|---|
00001-00111718 | Expediente estatal anterior y separado de transparencia sustantiva RIC. |
REGAGE26e00062869818 | Denuncia tributaria SGIT. |
REGAGE26e00062944142 | Solicitud estatal separada a AEAT de acceso/informe vinculante. |
REGAGE26e00062943259 / Resolución 28/2026 / REGAGE26e00072326601 | Solicitud regional, resolución regional y recurso posterior. |
2220/2026 | Entrada ante el Comisionado; el campo de expediente vinculado consta en blanco. |
| Pink–AEAT / Fiscalía / Anticorrupción | Litigio tributario y cauces penales o de firma/admisión separados. |
Próxima prueba finita
Qué documento cerraría cada hueco
- Acuse o asiento de AEAT que identifique unidad receptora, fecha y vínculo con
00001-00113069. - Índice de la herramienta de gestión que muestre qué comunicaciones fueron incorporadas.
- Notificación formal de ampliación, suspensión, consulta, resolución o acceso, si existe.
- Documento que confirme o rechace expresamente el vínculo con los dos registros de diciembre.