EXPEDIENTE CIVIL · HONORARIOS · FIANZA · DEFENSA DE JUAN TOMÁS PARRILLA

Garrigues, el asunto amplio y el procedimiento de La Laguna.

Este expediente conecta el mandato Garrigues de 2012, su reclamación de 63.441,67 € contra Gil y Patricia, la defensa de Juan Tomás Parrilla y el traspaso al Concurso 36/2012. La Sentencia 41/2014 desestimó íntegramente la demanda y condenó en costas a Garrigues.

Resultado verificado

63.441,67 €Principal reclamado

Seis facturas, más intereses y costas.

0 €Condena contra Gil y Patricia

La demanda fue desestimada en su totalidad.

7 páginasSentencia localizada

PDF contemporáneo de 18 de febrero de 2014, íntegramente cotejado.

Fallo: absolución de Gil Marer y Patricia Domínguez Montelongo; costas de primera instancia a cargo de Garrigues. La sentencia advertía que no era firme y que cabía apelación. No se ha localizado todavía el certificado de firmeza ni un eventual expediente de apelación.

Qué se ha localizado y qué no

PiezaEstadoTratamiento público
Sentencia 41/2014LOCALIZADAOriginal PDF de siete páginas, 319.679 bytes, SHA-256 1d39af97…d9ac8b2a. Se publica una transcripción sustantiva completa y redactada.
Demanda de GarriguesNO LOCALIZADALa reconstrucción de esta página procede exclusivamente del resumen de la sentencia. No es el escrito original ni incluye anexos.
Contestación de Gil y PatriciaNO LOCALIZADALa reconstrucción de esta página procede exclusivamente del resumen de la sentencia. No es el escrito original ni incluye anexos.
ComunicacionesRECUPERACIÓN AUDITADASe publican recuentos, fechas y proposiciones verificables, no cuerpos de correo, direcciones, identificadores de Gmail, datos bancarios ni consejo privilegiado. La clasificación documento por documento sigue abierta.
Asunto amplio / expedientes ParrillaCOBERTURA PARCIALLa auditoría nominal recuperó un corpus amplio, pero no todos los escritos y decisiones están identificados, en el repositorio y publicados de forma redactada. Abrir matriz pública de cobertura.
Costas, apelación y firmezaPENDIENTESFaltan tasación, aprobación, cobro/aplicación, recurso si existió y certificación de firmeza.

Límite de completitud: “no localizado” no significa “inexistente”. Hasta obtener copias certificadas, no se presentará la reconstrucción como demanda o contestación íntegra.

Mandato Garrigues y asunto amplio

La carta de encargo de 24 de enero de 2012 trataba conjuntamente como cliente a Monterecco Sun Park Limited y a Luchy Playa Blanca, S.L.U. (LPB); en el documento, el nombre de esta última figura literalmente como “Luchy Playa Blanca, S.L.”. Preveía facturación ordinaria a LPB y garantías separadas. El alcance verificado incluía inventario de litigios, Comunidad/CEXP, ejecución y reestructuración Bankia, artículo 5 bis, preparación concursal, financiación y apoyo societario, notarial y fiscal.

Control de identidad: LPB significa Luchy Playa Blanca, S.L.U., CIF B35998582, forma utilizada en el edicto oficial del Concurso 36/2012. El BORME registra la denominación LUCHY PLAYA BLANCA SOCIEDAD LIMITADA y su carácter unipersonal. La forma “Luchy Playa Blanca, S.L.” se conserva en los datos cuando reproduce literalmente un documento histórico; no sustituye el nombre narrativo canónico.

Esto corrige el límite cronológico anterior de 28 de marzo: los instrumentos de 1 y 6 de febrero de 2012 caen dentro del periodo documental del mandato. No prueba que Garrigues los originara, redactara, recibiera o aprobara antes de su firma; sigue faltando el puente específico de borradores, instrucciones y asesoramiento.

La búsqueda recuperó 1.037 mensajes Garrigues en 639 hilos; 178 mensajes en 96 hilos contienen una dirección @garrigues.com en cabecera. Son cifras de recuperación, no documentos judiciales únicos. El núcleo de actividad verificada está en 2012. Los contactos de 2019 con Garrigues Madrid/Urban Input no prueban por sí solos un nuevo mandato.

ProcedimientoConexiónEstado público
PO 1241/2011 + medidas 1355/2011Encargo separado Garrigues; parte del contexto de traspaso.Identidad y facturación capturadas; expediente íntegro pendiente.
Concurso 36/2012Parrilla asumió la dirección de LPB tras el periodo Garrigues.Digestos y selección redactada; sin índice certificado completo.
PO 562/2014 + PO 213/2015Continuidad posterior Comunidad/LPB bajo Parrilla.Capturados en el registro maestro; expedientes íntegros pendientes.
Rollo AP 1094/2018Recurso concursal en la etapa Parrilla.Cobertura parcial; rollo completo pendiente.

Resultado de completitud: no es correcto afirmar que todos los escritos y resoluciones de Parrilla estén ya publicados. La matriz enlazada identifica exactamente lo localizado, lo publicado y la cola de producción.

Demanda - reconstrucción desde la sentencia

RECONSTRUCCIÓN SECUNDARIA: el escrito original de demanda y sus documentos 1-7 no están en el corpus localizado.

La sentencia resume que Garrigues demandó a Gil y Patricia como fiadores de las obligaciones dinerarias de Luchy derivadas de una propuesta de servicios jurídicos aceptada en enero de 2012. Solicitó 63.441,67 €, intereses legales y costas.

El encargo se describió en tres bloques:

  1. informe ejecutivo sobre la situación de Luchy;
  2. actualización y puesta al día de litigios, con dirección letrada separadamente facturable;
  3. negociación de la reestructuración con Bankia.

Los dos primeros bloques se facturaban a 310 €/hora. El tercero se describía con un precio cerrado de 85.000 € y la sentencia dice que no formaba parte de esta reclamación. Garrigues sostuvo que realizó revisión documental y societaria, reuniones, seguimiento de litigios, trabajo notarial, análisis económico-financiero y otras gestiones entre enero y junio de 2012. La relación terminó tras conocerse que la solicitud de concurso se había presentado con otra dirección letrada.

La propia sentencia identifica una tensión central de la demanda: varias partidas mensuales mezclaban trabajo comprendido en los dos primeros bloques con refinanciación Bankia, fiscalidad o litigación que tenía hoja/precio independiente.

Contestación - reconstrucción desde la sentencia

RECONSTRUCCIÓN SECUNDARIA: el escrito original firmado bajo la dirección de Juan Tomás Parrilla y sus anexos no están en el corpus localizado.

La sentencia resume estas líneas de defensa:

  • la reclamación era prematura mientras los créditos no quedaran reconocidos en el concurso de Luchy;
  • la cláusula de fianza no establecía solidaridad interna entre todos los cofiadores;
  • el informe ejecutivo no fue entregado o, al menos, no fue aportado ni descrito en la demanda;
  • no se acreditó de manera suficiente la puesta al día de todos los procedimientos;
  • los correos invocados mezclaban materias y no permitían asignar horas a tareas concretas;
  • la refinanciación Bankia era un bloque de precio cerrado y no objeto de la reclamación;
  • la factura fiscal de 2.835 € quedaba fuera del contrato garantizado;
  • la factura de 9.450 € pertenecía a un litigio de encargo separado y no estaba garantizada personalmente por Gil y Patricia.

La sentencia no reproduce los fundamentos de derecho completos, la súplica literal, las excepciones con su orden procesal, ni los documentos anexos. Esos extremos siguen abiertos.

Por qué se desestimó

La jueza tuvo por acreditada la existencia de la relación profesional y que Garrigues realizó múltiples reuniones, gestiones y trabajos. La desestimación no declara que no hubiera trabajo; concluye que, con el material aportado, no podía fijarse la cuantía exigible a Gil y Patricia dentro de la garantía.

Trabajos mezclados

Las partidas incluían refinanciación Bankia, litigación separada y otras materias fuera del perímetro reclamable.

Horas no asignadas

Las facturas y el desglose no permitían vincular de forma suficiente cada tarea probada con el tiempo invertido.

Perímetro de la fianza

La asesoría fiscal y la litigación con encargo separado no podían trasladarse sin más a los fiadores demandados.

Las seis facturas y su efecto posterior

La exigencia de seis facturas remitida el 20 de junio de 2012 sumaba 64.318,20 €. La reclamación judicial posterior sumó 63.441,67 €. La diferencia de 876,53 € coincide exactamente con el IGIC de la factura 10014806. El puente aritmético es exacto; la demanda original y sus anexos siguen siendo necesarios para fijar el tratamiento jurídico y fiscal.

FacturaImporteTratamiento en 2014Textos concursales 2016
100154839.450,00 €Litigio separado; fuera de la fianza personal discutida.Mantenida.
1001550212.142,23 €Mezcla/refinanciación Bankia y desglose insuficiente.Excluida.
100155032.835,00 €Asesoramiento fiscal fuera del contrato garantizado.Mantenida.
100155048.300,25 €Trabajo parcial acreditado sin asignación suficiente de horas.Excluida.
1001550513.183,56 €Trabajo parcial acreditado sin asignación suficiente de horas.Excluida.
5800000211317.530,63 €Mezcla/refinanciación Bankia y desglose insuficiente.Excluida.
Total63.441,67 €51.156,67 € excluidos; 12.285,00 € mantenidos en 2016.

El Auto de 23 de noviembre de 2015 y los textos definitivos de 2016 trataron cuatro facturas como afectadas por cosa juzgada. Es una consecuencia concursal posterior y distinta del fallo civil de 2014.

Rutas de pago que no deben confundirse

17 / 23 mayo 2012 · Hava Vida Travel & Tourism, S.L.U. pagó 9.450 € a Garrigues

La correspondencia usa también el literal histórico «HAVAVIDA» y dice que la transferencia se hizo el 17 de mayo; el mayor de proveedor de LPB la contabiliza el 23 de mayo. Era para el litigio separado de impugnación de acuerdos y medidas cautelares. No fue un pago a Juan Tomás Parrilla Suárez. No se publica la cuenta bancaria.

Defensa de La Laguna · 1.250 € iniciales a Juan Tomás

La reconciliación de 2020 de ambas partes coincide en que el procedimiento de Garrigues contra Gil y Patricia tenía un honorario total de 2.500 € y que se pagaron 1.250 € inicialmente. Falta el justificante bancario contemporáneo.

Costas / aplicación · otros 1.250 € a Juan Tomás

La documentación de 2020 describe un segundo importe de 1.250 €. Parrilla dijo que, tras ganar con costas, ese importe se aplicó al procedimiento concursal. Patricia recordó que retendría las costas y las aplicaría al saldo pendiente. Faltan tasación, cobro, adeudo y mayor.

Conclusión contable provisional: honorario de defensa de Juan Tomás Parrilla Suárez = 2.500 € en total. Solo uno de los tramos de 1.250 € aparece expresamente incorporado por Parrilla a su conciliación de honorarios concursales. La ruta Hava Vida Travel & Tourism, S.L.U.→Garrigues por 9.450 € es independiente.

Mayor Garrigues de LPB

El mayor fechado 10 de julio de 2013 registra cuatro facturas Garrigues de 2012 por 85.353,06 €, cuatro créditos/pagos por 66.945,90 € y saldo de 18.407,16 €. Los descriptores mencionan Monterecco, BBVA y HAVAVIDA, pero el mayor es contabilidad del cliente, no extracto bancario independiente.

Identidad: existieron dos personas jurídicas «Monterecco» distintas. La española Monterecco Sun Park, S.L.U. pasó a denominarse Pink Canary Services, S.L.U., NIF B76564517; la fecha registral exacta del cambio sigue abierta. La británica Monterecco Sun Park Limited pasó a denominarse Aweswell Limited, company no. 07716847, en 2014. Un descriptor contable que diga solo «Monterecco» no decide cuál pagó ni desde qué cuenta; se requiere el adeudo BBVA. OSWELL 426 S.L. es otra entidad distinta.

Nombres controlados y dominio del corpus Parrilla

El perímetro español de proyecto queda fijado como Luchy Playa Blanca, S.L.U. (LPB), Matkator, S.L.U., Pink Canary Services, S.L.U. —antes Monterecco Sun Park, S.L.U.— y Hava Vida Travel & Tourism, S.L.U. Es una clasificación histórica de este expediente, no una afirmación sobre situación societaria o fiscal actual.

Cobertura textual conectada verificada: 98,6% (1.502/1.523 unidades). Se recuperaron los 1.094 mensajes del conjunto de dirección directa y los 429 documentos únicos de Drive devueltos por la búsqueda paginada; 1.092 mensajes y 410 documentos tenían texto legible. Quedan 19 documentos para OCR/revisión nativa, dos mensajes sin cuerpo y 27 adjuntos no compatibles con el conector. Los 1.219 adjuntos están inventariados, pero su deduplicación por hash frente a Drive sigue abierta.

98,6% mide revisión del texto conectado, no integridad judicial. No existe aún un índice certificado que permita afirmar el 100% de todos los escritos, resoluciones, anexos y comunicaciones. Siguen abiertos la demanda y contestación originales de PO 344/2013, anexos, expediente, costas/firmeza, facturas/recibos y prueba bancaria.

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Honorarios de Juan Tomás: proforma localizada, facturas y recibos pendientes

RegistroImporteControl
Proforma, 29 may 201240.000 € + IGIC20.000 € + IGIC antes de solicitar el concurso y cinco pagos trimestrales de 4.000 € + IGIC. Es presupuesto, no factura fiscal ni recibo.
Cuadro contable interno Aweswell20.000 € y 10.000 €Asientos retrospectivos dentro del perímetro empresarial que financiaba trabajo de LPB; no son banco ni factura. El primer asiento parece base frente a los 21.000 € brutos declarados por Parrilla; falta conciliar IGIC.
Cuenta escrita de Parrilla, 11 jun 202032.250 € recibidos21.000 € en 2012, 1.250 € en La Laguna y cheque de 10.000 € en 2018, según Parrilla. Faltan pagadores exactos, recibos y adeudos.
Propuesta final de Parrilla50.000 € + IGIC; 17.750 € + IGIC de saldoLa propuesta de aumento fue rechazada; no acredita modificación aceptada.
Informe posterior del AC25.000 € + 7% IGIC = 26.750 €La base pagada supera en 9.000 € el saldo base declarado incluso bajo la propuesta rechazada. Faltan factura, autorización, banco y mayor completo.

No se fija deuda, sobrepago o restitución definitiva. Se requieren factura(s), recibos, IGIC, imputación de costas, pagador exacto, autorización y movimientos bancarios/concursales.

Comunicaciones localizadas - índice público, no cuerpos privados

FechaContenido verificableLímite
9-17 may 2012Solicitud de 9.450 € y confirmación de transferencia Hava Vida Travel & Tourism, S.L.U.→Garrigues para el litigio separado; la comunicación usa el literal «HAVAVIDA».Sin direcciones, cuenta bancaria ni cuerpo íntegro.
10 jun 2013Reenvío a Parrilla de la cadena de pago; se mencionó copia bancaria enviada por separado.La copia bancaria no se ha localizado en este expediente.
24 nov / 9 dic 2013Gil elevó a Garrigues una cronología del encargo, ruptura y reclamaciones recíprocas, buscando una salida amistosa.Relato de parte; cuerpo privado no publicado.
19-20 feb 2014Envío de la sentencia, solicitud de reunión y respuesta de revisión del expediente.No prueba acuerdo posterior.
28-30 may 2020Reconciliación cliente: 2.500 € presupuestados, 1.250 € iniciales y 1.250 € posteriores; referencia a retención/aplicación de costas.Faltan asientos y justificantes.
11-12 jun 2020Reconciliación Parrilla: 1.250 € recibidos en La Laguna y 1.250 € aplicados después al concurso.Descripción retrospectiva; no sustituye prueba bancaria.

Producción necesaria para cerrar el expediente

  1. índice certificado y copia certificada completa del PO 344/2013;
  2. demanda, contestación y todos sus anexos;
  3. acta/grabación de audiencia previa, juicio y diligencia final testifical;
  4. notificación, apelación y firmeza;
  5. tasación, aprobación, cobro y aplicación de costas;
  6. prueba bancaria de los dos tramos de 1.250 €;
  7. Auto de 23 noviembre 2015 y textos concursales 2016 completos y certificados;
  8. explicación de las variantes internas 1241/2011, 1241/2009 y 1271/2011.

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Última revisión del corpus: 24 de agosto de 2026. La página distingue hecho documentado, resumen judicial, recuerdo de parte y evidencia pendiente. Garrigues puede aportar material favorable, adverso o correctivo; cualquier respuesta se incorporará con la misma disciplina de fuente.