PROCEDIMIENTO MAESTRO · GC-HC-010 · REGISTRO N.º 24 · CONTINUIDAD CONTROLADA 04-SEP-2026
Registro n.º 24 — denuncia relativa a resoluciones y supervisión judicial en el Concurso 36/2012
Un solo registro canónico, dos hitos de presentación: la denuncia inicial presentada a través del Decanato de Las Palmas el 18 de junio de 2026 y su ampliación dependiente presentada el 25 de junio de 2026. Ambas pertenecen al mismo Registro diario n.º 24. La presentación misma forma parte del registro controlado; lo que sigue sin resolverse es a qué órgano la remitió posteriormente el Decanato y qué tratamiento, en su caso, recibió.
Cadena de presentación digitalizada
18 de junio de 2026: denuncia/notitia criminis inicial presentada a través del Decanato bajo el registro diario n.º 24.
25 de junio de 2026: se presentó una ampliación de 10 páginas destinada a precisar y reforzar el paquete inicial. El denunciante describe su unión física a referencia diaria n.º 24; la unión electrónica continúa pendiente de certificación.
Después del 25 de junio: se promovieron actuaciones de localización, custodia, remisión y preservación. El registro conjunto fue posteriormente comunicado al CGPJ dentro de 169/2026, y se está solicitando al Decanato, TSJC y CGPJ que rastreen y confirmen la ruta posterior a la recepción.
Qué está plenamente digitalizado
El dossier público referencia diaria n.º 24 registra el paquete firmado localizado de 79 páginas, incluido el bloque documental principal de 31 páginas (4 páginas de presentación/manifiesto + escrito principal de 27 páginas) y diez anexos seleccionados, la ampliación de 13 páginas de 25 de junio, los cinco núcleos documentales, la cronología de presentación/estado, los límites probatorios y la arquitectura de actuaciones conexas.
Abrir la digitalización completa y depurada de referencia diaria n.º 24 →
Actor judicial identificado y procedimiento de base
La denuncia se refiere a actuaciones atribuidas por el denunciante a Alberto López Villarrubia, entonces Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, en el contexto del Concurso 36/2012. La atribución contenida en la denuncia no constituye una declaración judicial de hechos.
Abrir el registro del magistrado-juez / concurso →
Límite procesal — usar el hecho de la presentación, no inventar la ruta
El registro diario n.º 24 es un localizador de recepción, no un NIG, número de Diligencias Previas, causa del TSJC ni prueba de una querella formal. El hecho de que la denuncia fue presentada a través del Decanato bajo el Registro n.º 24 puede afirmarse y utilizarse como hecho de presentación, cronología y procedencia. También puede afirmarse como situación actual que su ruta posterior aún no ha sido localizada.
La vía TSJ Canarias / TSJC se registra únicamente como la vía competencial esperada o presumida. Hasta disponer de reparto, acuse de recepción, expediente u otra prueba primaria equivalente, no se describe como órgano de origen verificado, órgano asignado ni custodio actual. No se afirma admisión, traslado, investigación, sobreseimiento, archivo ni resultado de fondo sin soporte documental primario.
Abrir control de continuidad y límite probatorio →
Regla de gobernanza de continuidad para trabajos sucesores
No fragmentar este registro. Todo hilo sucesor, generador, registro, grafo, índice de búsqueda o página pública debe resolver GC-HC-010 como Registro n.º 24 e incorporar los dos hitos fechados. Debe conservar ambos hechos controlados —presentado a través del Decanato y ruta posterior aún no localizada— hasta que una fuente primaria resuelva el reparto/estado actual; mantener la vía TSJC solo como esperada/presumida y no verificada; conservar la solicitud activa de trazabilidad al Decanato/TSJC/CGPJ; mantener CGPJ 169/2026 y Recurso 286/2026 como controles distintos; y utilizar el dossier completo referencia diaria n.º 24 como capa narrativa/de digitalización, evitando crear relatos duplicados en competencia.