# Diligencia que vuelve a señalar audiencia previa

- **ID documental:** F09
- **Carril:** Honorarios / responsabilidad civil
- **Fecha del documento:** 2025-09-02
- **Emisor / parte:** LAJ Águeda Reyes Almeida
- **Clase:** Diligencia de ordenación
- **Procedimiento:** ORD 641/2024
- **Extensión fuente:** 2 páginas PDF
- **Anclaje de procedencia:** Gmail 19937d11d054046c
- **SHA-256 de la fuente controlada:** `1b1464deda7b43af9e5b6f8a595ee25a53806e9e59c68df38bba126fc3f05ce4`
- **Estado de la copia:** Copia fuente localizada

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## Efecto procesal controlado

Señala audiencia previa para el 20 de enero de 2026 y difiere la prueba al acto.

**Alcance de fondo:** No aplica: escrito o trámite procesal.

## Texto íntegro redactado

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DILIGENCIA DE ORDENACIÓN DEL/DE LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE
JUSTICIA

D./Dña. ÁGUEDA REYES ALMEIDA

En Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de septiembre de 2025.
1.- Visto el estado de las presentes actuaciones, se convoca a las partes a una audiencia
previa al juicio, para:
1) intentar un acuerdo o transacción entre las mismas,
2) examinar, en su caso, las cuestiones procesales que puedan obstar a la prosecución del
proceso y a su terminación mediante una sentencia sobre su objeto,
3) fijar con precisión el objeto del proceso y los extremos de hecho y de derecho sobre los
que exista controversia y,
4) finalmente, y si procediera, proponer y admitir prueba.
También se examinarán en la audiencia las cuestiones que, con carácter excepcional prevé
la ley puedan plantearse en la misma.
2.- Se señala para la celebración de la audiencia el próximo día 20/01/26 a las 10:30 h en la
sede de este tribunal, citándose a las partes con las prevenciones legales.
3.- Las partes habrán de comparecer en la audiencia asistidas de abogado.
Si las partes no comparecen personalmente, sino a través de sus procuradores, deberán
otorgar a estos poder para renunciar, allanarse o transigir. Si no comparecieran
personalmente ni otorgasen el apoderamiento expresado, se les tendrá por comparecidos
(art. 414.2 de la LECn.).
4.- Si no comparece a la audiencia ninguna de las partes, se dictará auto de sobreseimiento
del proceso, ordenándose el archivo de las actuaciones (art. 414.3 de la LECn.).

5.- Si sólo comparece la parte demandada y esta no alegare interés legítimo en que
continue el procedimiento, también se sobreseerá el procedimiento (artículo 414.3 de la
LECn.).

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6.- Si fuera la parte demandada la que no concurriera a la audiencia, el acto se entenderá
sólo con el actor (art. 414.3 de la LECn.).
7.- Si faltare a la audiencia el abogado de la parte actora, se sobreseerá el proceso, salvo
que la parte demandada alegara interés legítimo en la continuación del procedimiento.
Si faltare el abogado de la parte demandada, la audiencia se seguirá con el demandante en
lo que resultare procedente (art. 414.1 de la LECn.).
8.- Se comunica a las partes la obligación de presentar en formato electrónico el escrito de
minuta de prueba, así como todos los documentos que vayan a proponer en la audiencia
previa conforme al artículo 41 del Real Decreto Ley 6/23 en relación con el 273 LEC.

Asimismo, presentado el anterior escrito registrado con nº 2.813 pr la demandate, únase a
los autos de su razón y visto su contenido, estese a lo que se acuerde por el Tribunal en el
acto de la audiencia previa sobre admisión de la prueba que, en su caso, se proponga por
las partes conforme a lo previsto en el art. 429 LECv.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este/a
Letrado/a de la Administración de Justicia.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe.

                  EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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