# Operaciones de endeudamiento 2022 — edición OCR pública redactada

**Evidence ID:** `CAN-RIC-TREAS-007`
**Control:** `PD-CANARY-RIC-PUBLIC-DEBT-DOCROOM-20260831-01`
**Fuente nativa:** `OPERACIONES 2022-1.pdf` · 114 páginas · SHA-256 `19efcbd1e95a53161e8e19243d471c3240b45bdb8199818f4a52c28d39818571`

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Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

Secretaría General de Financiación Autonómica y Local.
Secretaría de Estado de Hacienda.
Ministerio de Hacienda.

C/ Alberto Bosch, 16.
28014 Madrid.

De acuerdo con lo dispuesto en el último párrafo del apartado 3 del artículo 14 de la Ley Orgánica
8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, en el artículo
20.1 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera, en relación con el artículo 17.3 de la misma, y en la disposición adicional octogésima
novena de la Ley 11/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el
año 2022.

Considerando lo establecido en los apartados segundo, tercero y séptimo de la Resolución de 4
de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define
el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados
de las comunidades autónomas y entidades locales.

Se solicita autorización para concertar operaciones de endeudamiento con arreglo a las
siguientes condiciones:

Primero. - Operaciones de endeudamiento a largo plazo (préstamos con entidad residente,
bonos y emisión de deuda RIC):

- Importe máximo: 898.747.500,00 euros.

- Moneda: Euro.

-Modalidad: préstamos y/o bonos y obligaciones.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre Tesoro.

- Plazo de la operación: Desde 2 años hasta 30 años.

- Formalización y disposición: A determinar por la Administración Pública de la Comunidad
Autónoma de Canarias en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se

formalizarán sin intervención de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias decidirá la
adjudicación o no de las ofertas dependiendo del análisis conjunto de las presentadas.

- Coste: Se estará a lo dispuesto en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General
del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable
a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades
locales.

Ena dirección https:/sede.goblernodecanarias.org/sedelverifica_doc?codigo_nde=

puede ser comprobada la autenticidad de esta copla, mediante el número de

/Gocumento electrónico siguiente:
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- Necesidades de financiación a cubrir:

a) Hasta un importe de 56.592.480,00 euros para financiar el reintegro del año 2022 de los
anticipos concedidos en virtud del mecanismo financiero extrapresupuestario para el
aplazamiento del saldo pendiente de reintegro de las liquidaciones del sistema de financiación
de los años 2008 y 2009.

b) Hasta un importe de 842.155.054,03 euros para refinanciar los vencimientos ordinarios del
año 2022 de determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de
Canarias.

En el caso de la emisión de bonos y obligaciones:
- Cupón nominal: Fijo, cupón anual por vencido, base act/act, MFBD non-adjusted.

- Fecha de emisión y desembolso: A determinar entre la Comunidad Autónoma de Canarias y
las entidades colocadoras.

- Precio de emisión: A determinar según el resultado del procedimiento de adjudicación.

- Fecha de vencimiento: A determinar entre la Comunidad Autónoma de Canarias y las entidades
colocadoras.

- Precio de amortización: Al 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión.
- Agente de pagos: Banco de España.

- Representación: Los valores se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a
través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Renta Fija, AIAF,
gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación
de Valores, S.A. Unipersonal - IBERCLEAR, siendo el importe nominal mínimo de negociación
de 1.000 euros.

- Negociación de los valores: Mercado de Renta Fija AlAF.

- Entidades colocadoras: La Dirección General del Tesoro y Política Financiera seleccionará
mediante mandato a las entidades financieras que diseñarán la emisión y distribuirán los valores.

- Coste de la emisión: Se estará a lo dispuesto en la Resolución de 4 de julio de 2017 de la
Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia
financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autó-
nomas y entidades locales.

- Otras condiciones: La deuda a emitir disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la
Deuda del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 98.2 de la Ley 11/2006, de 11 de
diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, y en el artículo 14.5 de la Ley Orgánica 8/1980, de
22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.

En a dirección hitps:/sede. gobiernodecanarias.org/sedeiverifica_doc?codigo_nde=
puede ser comprobada la autenticidad de esta copla, mediante el número de
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En el caso de la emisión apta para la Reserva para inversiones en Canarias (RIC):

Plazo: 5 años

Nominal de cada obligación: 1.000 euros

Precio de la emisión: A determinar en el momento de la emisión.

Precio de amortización: 100% del nominal

Cupón: fijo, anual, por vencido base act/act, MFBD non adjusted

Otras condiciones: Se dará cumplimiento a lo establecido en el artículo 27.4. D.4° de la Ley
19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en cuanto

al destino de la emisión a financiar inversiones en infraestructura y equipamiento o de mejora y
protección del medio ambiente en el territorio canario y demás normativa de aplicación.

Las Palmas de Gran Canaria
El Vicepresidente y Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos.

Román Rodríguez Rodríguez.

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ROMAN RODRIGUEZ RODRIGUEZ - [Fecha 0102202205184
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MINISTERIO
DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES
Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

DON FÉLIX BOLAÑOS GARCÍA, MINISTRO DE LA PRESIDENCIA,
RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA Y
SECRETARIO DEL CONSEJO DE MINISTROS

CERTIFICO:

Que en la reunión del Consejo de Ministros celebrada el día veintidós de
febrero de dos mil veintidós se ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza a la
Comunidad Autónoma de Canarias a formalizar operaciones de deuda a largo plazo
por un importe máximo de 898.747.500 euros, cuyo texto literal consta en el
documento adjunto.

Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente
certificación en Madrid, a fecha de la firma electrónica.

integridad de este documento en la siguiente dirección : https://sede.administracion.gob.[CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO]

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y DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://sede.administracion.gob.[CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO].htm
; FIRMANTE(1) : FELIX BOLAÑOS GARCÍA | FECHA : 23/02/2022 11:17 | Certifica | Sello de Tiempo: 23/02/2022 11:18

Ena dirección https:/sede.goblernodecanarias.[CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO]
puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante elnnúmero de
[Gocumento electrónico siguiente:
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a MINISTERIO

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DENOMINACION

ACUERDO POR EL QUE SE AUTORIZA A LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS A
FORMALIZAR OPERACIONES DE DEUDA A LARGO PLAZO POR UN IMPORTE MAXIMO DE
898.747.500 EUROS.

La Ley Organica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas
(LOFCA), en su artículo 14, establece que las Comunidades Autónomas precisarán autorización del
Estado para la realización de operaciones de crédito en el extranjero y para la emisión de deuda o
cualquier otra apelación de crédito público. Por otra parte, el apartado 2 del mismo artículo establece que
las Comunidades Autónomas podrán concertar operaciones de crédito por plazo superior a un año,
cualquiera que sea la forma como se documenten, siempre que el importe total del crédito sea destinado
exclusivamente a la realización de gastos de inversión y que el importe total de las anualidades de
amortización, por capital e intereses, no exceda del veinticinco por ciento de los ingresos corrientes de la
Comunidad Autónoma.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera (LOEPSF) dispone que en el supuesto en que el Gobierno, de acuerdo con los informes a que
se refiere el artículo 17 de esa Ley, constate que existe incumplimiento del objetivo de estabilidad
presupuestaria, de deuda pública o de la regla de gasto, todas las operaciones de endeudamiento de la
Comunidad Autónoma incumplidora precisarán de autorización del Estado en tanto persista el citado
incumplimiento. Una vez que el plan económico-financiero presentado por la Comunidad Autónoma
hubiera sido considerado idóneo por el Consejo de Política Fiscal y Financiera, las operaciones de crédito
a corto plazo que no sean consideradas financiación exterior no precisarán de autorización del Estado.

La Disposición Adicional octogésima novena de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022, establece que excepcionalmente en 2022, en relación con el
régimen de autorizaciones previsto en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril, de
Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, se mantendrán los efectos del último informe del
artículo 17 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, que se publique sobre el grado de cumplimiento de
los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública y regla de gasto del ejercicio 2019 hasta que se
fijen nuevos objetivos y se acredite su cumplimiento.

Asimismo, dicha disposición indica que, excepcionalmente en 2022, si como consecuencia de las
circunstancias económicas resultara necesario, podrán concertarse operaciones de crédito por plazo
superior a un año, sin que resulten de aplicación las restricciones previstas en el apartado dos del artículo
14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas. Las
operaciones que se concierten bajo esta excepción deberán ser autorizadas por el Estado.

La Comunidad Autónoma de Canarias incumplió la regla de gasto del ejercicio 2019, según el último
informe elevado al Gobierno en virtud del artículo 17.4 de la LOEPSF, por lo que de acuerdo con el
artículo 20 de la citada Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, la formalización por esta Comunidad
Autónoma de operaciones de endeudamiento a largo y corto plazo debe contar con la previa autorización
de Consejo de Ministros.

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DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://sede.administracion.gob.[CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO].htm
FIRMANTE(1) : FELIX BOLAÑOS GARCÍA | FECHA : 23/02/2022 11:17 | Certifica | Sello de Tiempo: 23/02/2022 11:18

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Socumento electrónico siguiente:
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La Comunidad Autónoma de Canarias ha solicitado autorización para formalizar operaciones de deuda
a largo plazo, por importe de 898,75 millones de euros. De este importe, 842,16 millones de euros
financian los vencimientos de deuda a largo plazo del ejercicio, que no supondrán un aumento del
endeudamiento de la Comunidad con respecto a la deuda a cierre del ejercicio 2021. El resto se destinará
a financiar la anualidad de las liquidaciones negativas del sistema de financiación de 2008 y 2009, por
importe de 56,59 millones de euros.

La Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional ha emitido informe favorable sobre las
operaciones de endeudamiento, siempre y cuando se produzcan en todo momento en consonancia con lo
establecido en la normativa vigente relativa al principio de prudencia financiera desarrollada por la
Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, o de aquella norma, que en su caso la
sustituya.

En consecuencia, el Consejo de Ministros, a propuesta de la Ministra de Hacienda y Función Pública,

Autorizar a la Comunidad Autónoma de Canarias a formalizar operaciones de deuda a largo plazo, por
un importe máximo de ochocientos noventa y ocho millones setecientos cuarenta y siete mil quinientos
euros (898.747.500 €).

Las principales características de las operaciones de endeudamiento son las siguientes:

En el caso de la emisión de bonos y obligacione:

ACUERDA

Importe: Hasta un máximo de 898.747.500 euros.

Moneda: Euro.

Instrumento: préstamos y/o bonos y obligaciones.

Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre Tesoro.
Plazo: Desde 2 años hasta 30 años.

Formalización y disposición: A determinar por la Administración Pública de la Comunidad
Autónoma de Canarias en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se
formalizarán sin intervención de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

Adjudicación: La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias decidirá la
adjudicación o no de las ofertas dependiendo del análisis conjunto de las presentadas .

Cupón nominal: Fijo, cupón anual por vencido, base Actual/Actual.

Fecha de emisión y desembolso: A determinar entre la Comunidad Autónoma de Canarias y
las entidades colocadoras.

Precio de emisión: A determinar según el resultado del procedimiento de adjudicación.

Fecha de vencimiento: A determinar entre la Comunidad Autónoma de Canarias y las
entidades colocadoras.

Precio de amortización: Al 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión.
Agente de pagos: Banco de España.

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DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https://sede.administracion.gob.[CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO].htm
FIRMANTE(1) : FELIX BOLAÑOS GARCÍA | FECHA : 23/02/2022 11:17 | Certifica | Sello de Tiempo: 23/02/2022 11:18

[Gocumento electrónico siguiente:

Enla dirección htpsilisede.goblemodecanarias.org/sedelvertica_doc?codigo_nde= us
puede ser comprobada la autenticidad de esta copia, mediante ef numero de
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- Representación: Los valores se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a
través del Sistema de Registro, Compensación y Liquidación del Mercado de Renta Fija, AIAF,
gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y
Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal - IBERCLEAR, siendo el importe nominal mínimo de
negociación de 1.000 euros.

- Negociación de los valores: Mercado de Renta Fija AIAF.

- Entidades colocadoras: La Dirección General del Tesoro y Política Financiera seleccionará
mediante mandato a las entidades financieras que diseñarán la emisión y distribuirán los
valores.

El coste de las operaciones que se autorizan estará a lo dispuesto en la Resolución de 4 de julio de
2017 de la Secretaria General del Tesoro y Politica Financiera, por la que se define el principio de
prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales. El coste de las operaciones a largo plazo instrumentadas en valores no
podrá superar, en el caso de endeudamiento con una vida media no superior a los 10 años, los 50 puntos
básicos de diferencial con respecto a la deuda del Estado de similares características, incluyendo
comisiones y otros gastos. En el caso de operaciones de endeudamiento con una vida media superior a
los 10 años, el diferencial máximo se podrá incrementar en un punto básico por año adicional hasta un
máximo de 15 puntos básicos adicionales. Para calcular el diferencial se estará a lo establecido en el
apartado tercero de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política
Financiera.

Esta autorización sólo podrá amparar operaciones formalizadas hasta el 31 de diciembre de 2022.

La Comunidad Autónoma de Canarias deberá supeditar las operaciones de endeudamiento que
formalice en ejecución de esta autorización al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley
Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF).

ELÉVESE AL CONSEJO DE MINISTROS
Madrid, de de 2022

LA MNISTRA DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA

María Jesús Montero Cuadrado

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DIRECCIÓN DE VALIDACIÓN : https: inistracion.gob.es/pagS: s/consultaCSV.htm
FIRMANTE(1) : FELIX BOLAÑOS GARCÍA | FECHA : 23/02/2022 11:17 | Certifica | Sello de Tiempo: 23/02/2022 11:18

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[SELLO DE ENTIDAD SGAD - Fecha: 24/02/2022 - 13:23:12

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[Socumento electrónico siguiente:
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Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

ORDEN DEL CONSEJERO DE HACIENDA, PRESUPUESTOS Y ASUNTOS EUROPEOS POR LA QUE
SE DISPONE EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE OPERACIONES DE
ENDEUDAMIENTO CON DESTINO A LA REFINANCIACIÓN DE LOS VENCIMIENTOS ORDINARIOS
DEL AÑO 2022 DE DETERMINADAS OPERACIONES DE CRÉDITO SUSCRITAS POR LA
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS.

El artículo 178 de la Ley Orgánica 1/2018, de 5 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de
Canarias determina que “La Comunidad Autónoma de Canarias podrá realizar operaciones de crédito y
recurrir a la emisión de deuda pública, en los casos y con los requisitos que se establezcan en la Ley
Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas” y el artículo 169 n) de la Ley citada
anteriormente ordena que los recursos de la hacienda autonómica canaria están constituidos por el
producto obtenido por la emisión de deuda y el recurso al crédito”.

Por su parte, el artículo 13 bis de la citada Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, establece que todas
las operaciones financieras que suscriban las Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 2.1 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, están sujetas al principio de prudencia financiera.

El apartado 2 del artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las
Comunidades Autónomas, establece que las Comunidades Autónomas podrán concertar operaciones de
crédito por plazo superior a un año, cualquiera que sea la forma como se documenten, siempre que el
importe total del crédito sea destinado exclusivamente a la realización de gastos de inversión y que el
importe total de las anualidades de amortización, por capital e intereses, no exceda del veinticinco por
ciento de los ingresos corrientes de la Comunidad Autónoma.

El apartado 3 del artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las
Comunidades Autónomas, dispone que “para concertar operaciones de crédito en el extranjero y para la
emisión de deuda o cualquier otra apelación de crédito público, las Comunidades Autónomas precisarán
autorización del Estado. Para la concesión de la referida autorización, el Estado tendrá en cuenta el
cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera definidos en el
artículo 2.1 de la presente Ley que se encuentran los principios rectores de la actividad financiera de las
Comunidades Autónomas.

En todo caso, las operaciones de crédito a que se refieren los apartados uno y dos anteriores precisarán
autorización del Estado, cuando, de la información suministrada por las Comunidades Autónomas, se
constate el incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria, de deuda pública y de la regla de
gasto.

El artículo 14.5. de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades
Autónomas, dispone que “la Deuda Pública de las Comunidades Autónomas y los titulos-valores de
carácter equivalente emitidos por estas estarán sujetos, en lo no establecido por la presente Ley, a las
mismas normas y gozarán de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado”.

El artículo 13.4 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera en relación
con la instrumentación del principio de sostenibilidad financiera preceptúa que “El Estado y las
Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer
crédito”. La autorización del Estado a las Comunidades Autónomas para realizar operaciones de crédito y
emisiones de deuda, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley Orgánica 8/1980, de
22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas, tendrá en cuenta el cumplimiento de
los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública, así como el cumplimiento de los principios
y el resto de las obligaciones que se derivan de la aplicación de esta Ley”.

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad
Financiera establece que en el supuesto en que el Gobierno, de acuerdo con los informes a que se refiere
el artículo 17 de esta Ley, constate que existe incumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria,
de deuda pública o de la regla de gasto, todas las operaciones de endeudamiento de la Comunidad
Autónoma incumplidora precisarán de autorización del Estado en tanto persista el citado incumplimiento.

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Esta autorización podrá realizarse de forma gradual por tramos y será preceptiva hasta que el Ministerio
de Hacienda y Administraciones Públicas constate que ha cumplido con los objetivos de estabilidad
presupuestaria, de deuda pública y regla de gasto.

La disposición adicional octogésima novena de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2022, que excepcionalmente en 2022, en relación con el régimen de
autorizaciones previsto en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad, así como a efectos del compartimento del Fondo de Financiación a
Comunidades Autónomas al que se puedan adherir las Comunidades Autónomas que lo soliciten, se
mantendrán los efectos del último informe publicado del artículo 17 de la Ley Orgánica 2/2012, de 17 de
abril, que se publique sobre el grado de cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda
pública y regla de gasto del ejercicio 2019 hasta que se fijen nuevos objetivos y se acredite su
cumplimiento.

Excepcionalmente en 2022, si como consecuencia de las circunstancias económicas resultara necesario,
podrán concertarse operaciones de crédito por plazo superior a un año, sin que resulten de aplicación las
restricciones previstas en el apartado dos del artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre,
de Financiación de las Comunidades Autónomas. Las operaciones que se concierten bajo esta excepción
deberán ser autorizadas por el Estado quien apreciará si se dan las circunstancias previstas en esta
disposición. Esta autorización se podrá realizar de forma gradual por tramos.

El apartado segundo del 1 b) y d) y 2 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del
Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las
operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales, ordena
que “las Comunidades Autónomas y Entidades Locales dentro del ámbito de aplicación de la presente
Resolución, podrán realizar operaciones de endeudamiento a través de, entre otros, los siguientes
instrumentos:

1 b) Valores a largo plazo negociables o no, emitidos mediante emisión pública o privada, en mercados
mayoristas o dirigidos al segmento minorista

1 d) Préstamos a largo plazo.

2. En todo caso, a las Comunidades Autónomas adheridas al Fondo de Financiación a Comunidades
Autónomas les serán de aplicación los artículos 19. 1 a) y 24 b) del Real Decreto- Ley 17/2014, según el
cual “no podrán realizar operaciones instrumentadas en valores ni operaciones de crédito a largo plazo,
salvo previa autorización expresa de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, sin perjuicio
de la autorización preceptiva del Consejo de Ministros, de conformidad con el artículo 14 de la Ley
Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas”.

El apartado tercero de la Resolución mencionada anteriormente conforme a las condiciones financieras de
las operaciones de endeudamiento dispone que “el coste total máximo de las operaciones de
endeudamiento, incluyendo comisiones y otros gastos, salvo las comisiones citadas en el anexo 3, no
podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo medio de la operación, incrementando en el
diferencial que corresponda según lo establecido en el anexo 3 de esta Resolución”.

El apartado 4 de la Resolución referente a la coordinación de las emisiones determina que “aquellas
Administraciones que prevean realizar una operación de las descritas en el punto 1 b) del apartado
segundo, deberán comunicar al Tesoro el importe previsto de la operación, la fecha prevista para su
ejecución y el plazo objetivo. En el caso de emisiones públicas, la comunicación deberá realizarse con una
antelación mínima de 7 días hábiles. Si la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera no se
pronuncia en el día hábil siguiente a la recepción de la comunicación para emitir valores negociables, se
entenderá que la operación podrá anunciarse y/o ejecutarse en las fechas propuestas, siempre que se
respeten el resto de condiciones establecidas en la presente Resolución”.

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En el anexo lll de la Resolución dispone que “en el caso de operaciones instrumentadas en valores, el
diferencial máximo permitido se fijará en cada operación mediante informe de la Secretaría General del
Tesoro y Política Financiera teniendo en cuenta la situación del mercado y las particularidades de la
operación. Cuando se trate de emisiones de valores de las Comunidades Autónomas, dicho informe se
incorporará en el informe preceptivo que, según el Acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera de
6 de marzo de 2003, debe emitir la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera para todas aquellas
operaciones que precisen de autorización de endeudamiento por parte del Estado, según el artículo 14 de
la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de financiación de las Comunidades Autónomas”.

El artículo 89 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, dispone “que
constituye la deuda de la Comunidad Autónoma de Canarias el conjunto de capitales tomados a préstamo
por las entidades pertenecientes al sector administraciones públicas de la Autónoma de Canarias,
mediante emisión pública, concertación de operaciones de crédito, subrogación en la posición de un
tercero o, en general, mediante cualquier otra operación financiera, con destino a financiar el estado de
gastos de sus presupuestos o a constituir posiciones activas de tesorería”.

El artículo 90.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, determina que “En
desarrollo de la autorización legal de creación de deuda para un año, corresponderá al consejero
competente en materia de hacienda disponer la creación de deuda de la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Canarias y aplicándose el artículo 93.1 de la citada ley que “Corresponde al
consejero competente en materia de hacienda formalizar la creación de deuda de la Administración Pública
de la Comunidad Autónoma de Canarias mediante emisiones de valores u operaciones de crédito, así
como formalizar las operaciones basadas en instrumentos financieros, dando cuenta al Gobierno”.

El artículo 94 de La Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, dispone que “El
consejero competente en materia de hacienda podrá proceder a la emisión de valores denominados en
moneda nacional o en divisas, en el interior o en el exterior, estableciendo su forma de representación,
naturaleza y nombre, plazo, tipo de interés y las demás características de esta”.

El artículo 94.2 del apartado a) y c) de la mencionada ley citada anteriormente determina que “Los valores
podrán emitirse mediante cualquier técnica que se considere adecuada en función del tipo de operación
de que se trate. En particular, se podrá:

a) Realizar emisiones mediante oferta pública de suscripción
c) Ceder la emisión a un precio convenido a una o varias entidades financieras para que procedan
a su colocación.

El artículo 97 de La Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, regula lo relativo a
las operaciones de crédito, prevé que la concertación de líneas de crédito u operaciones de préstamos se
realizará de conformidad con los procedimientos que reglamentariamente se establezcan, en los que se
garantizarán los principios de objetividad, transparencia y publicidad adecuados al tipo de operación.

El artículo 98 del apartado segundo de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria,
regula el Régimen Jurídico de los valores representativos de la deuda de la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de Canarias dispone:

2. Los valores representativos de la deuda de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de
Canarias gozarán, según su modalidad y características, de los mismos beneficios y prerrogativas que la
deuda del Estado.

La Orden de 26 de noviembre de 2007, de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos,
se definen determinados procedimientos de emisión de valores representativos de la Deuda de la
Comunidad Autónoma de Canarias, (BOC N.° 256, de 26.12.2007).

## Página fuente 11 de 114

El artículo 15 del Decreto 86/2016, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la
Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos. (BOC N.° 138, de 19.07.2016) establece las
competencias del Consejero de Hacienda en materia política financiera y crediticia.

El artículo 26 del Decreto 86/2016, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la
Consejería de Hacienda. (BOC 138, de 19.7.2016) establece que corresponde a la Dirección General del
Tesoro y Política Financiera, competencias en materia de política financiera y crediticia en el apartado i)
La iniciación y tramitación de los procedimientos para la concertación de las operaciones de deuda,
refinanciación, conversiones, intercambios y permutas financieras, u otras análogas, así como para el pago
de la carga financiera.

El artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de
Canarias, que prevé expresamente que “El ejercicio de las competencias propias podrá ser delegado en
el órgano que, por la aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo para ello, en relación con el
artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, por consiguiente,
mediante la Orden de 7 de julio, de 2020, de delegación de competencias de la Consejería de Hacienda,
Presupuestos y Asuntos Europeos, se aprueba la delegación de competencias y órgano correspondiente
en el Anexo de dicha Orden que en el apartado VII. En Materia de Endeudamiento, Gestión de Tesorería
e Instituciones Financieras en la enumeración 2) dispone “La formalización de las operaciones a las que
se refiere el artículo 93 de la Ley Hacienda Pública Canaria”.

En la enumeración 3) dictamina que “La formalización de las operaciones relativas a la Deuda de la
Comunidad Autónoma de Canarias a las que se refiere el artículo 97 de la Ley 11/2006, 11 de diciembre,
de la Hacienda Pública Canaria y todas estas competencias le conciernen al Viceconsejero de Hacienda,
Planificación y Asuntos Europeos.

Considerando la normativa precitada y teniendo en cuenta que la Comunidad Autónoma de Canarias
incumplió la regla de gasto en el ejercicio 2019, se ha solicitado la correspondiente solicitud de autorización
al Ministerio de Hacienda para formalizar las operaciones de deuda a largo plazo objeto de este
procedimiento. En la reunión del Consejo de Ministros celebrada el 22 de febrero de 2022, a propuesta de
la Ministra de Hacienda, se ha aprobado el Acuerdo por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de
Canarias a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe (898.747.500 €), con destino a
refinanciar los vencimientos ordinarios del año 2022 de determinadas operaciones de crédito suscritas por
la Comunidad Autónoma de Canarias, así como financiar el reintegro del año 2022 de los anticipos
concedidos en virtud del mecanismo financiero extrapresupuestario para el aplazamiento del saldo
pendiente de reintegro de las liquidaciones del sistema de financiación de los años 2008 y 2009.

La Comunidad Autónoma de Canarias presenta un rating similar al Reino de España. La Agencia S$P
destacó en 2021 nuestra sólida posición de liquidez, la buena posición de partida para afrontar la crisis del
COVID-19 y el comportamiento reiterado en la consolidación presupuestaria y reducción del
endeudamiento. Es por ello, que el objetivo fundamental de la política de deuda pública de la Comunidad
Autónoma de Canarias es continuar con la estrategia marcada en años anteriores con el fin de seguir
manteniendo un nivel de deuda sostenible a medio y largo plazo.

En esta línea los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2022 prevén la
realización de operaciones de deuda de 898.747,53 miles de euros, resultado del nuevo endeudamiento
derivado de las operaciones necesarias para refinanciar las amortizaciones previstas en 2022 de los
préstamos a largo plazo de la Administración General de la Comunidad Autónoma por importe de
842.155,05 miles de euros, y la financiación de las cantidades aplazadas por las liquidaciones negativas
del sistema de financiación autonómica de 2008 y 2009, por importe de 56.592,48 miles de euros.

Asimismo, se plantea como objetivo el alargar la vida media de la actual cartera de deuda mediante la
contratación de nuevas operaciones a largo plazo, diversificar la estructura de la deuda incrementando el
peso de la financiación proveniente de obligaciones, así como continuar con la política de ahorro de costes
realizada en los años 2020 y 2021.

## Página fuente 12 de 114

Vista la Orden de 15 de marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula
el procedimiento para la contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la
Comunidad Autónoma de Canarias con presupuesto limitativo, la cual dispone en su artículo 4.2 que por
razones de urgencia la Dirección General del Tesoro y Política Financiera podrá iniciar el procedimiento de
contratación de operaciones de crédito mediante solicitud de ofertas a un grupo determinado de entidades
financieras capacitadas para la realización del contrato, siendo necesario cursar la invitación a participar
en el proceso selectivo a un mínimo de cinco entidades, siempre que ello sea posible.

En virtud de las competencias que me confiere el artículo 93, 94, 97, 98.2 de la Ley 11/2006, de 11
de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria y la Orden de 7 de julio, de 2020, de delegación de
competencias de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, se aprueba la delegación
de competencias. (B.O.C. N.° 146 de 22 de julio de 2020).

DISPONGO

Primero. — Iniciar el procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento con destino a
la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de determinadas operaciones de crédito
suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias, así como financiar el reintegro del año 2022 de los
anticipos concedidos en virtud del mecanismo financiero extrapresupuestario para el aplazamiento del
saldo pendiente de reintegro de las liquidaciones del sistema de financiación de los años 2008 y 2009, de
acuerdo a las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda,
Presupuestos y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma
parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin
intervención de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la
adjudicación de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas
dependiendo del análisis conjunto de las presentadas

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia
por el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la
Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que
se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y
derivados de las comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación,
incluyendo comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de
financiación del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de
la citada Resolución.

## Página fuente 13 de 114

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de
las ofertas firmes por las entidades financieras.

-Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2%
anual

- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos.

Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias

Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación

-  Amortiza

n: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de
la citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

## Página fuente 14 de 114

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

«Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- En una primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

- Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15
de marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento
para la contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad
Autónoma de Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la
presentación de las ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas,
teniendo en cuenta no sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como
importes máximos ofertados, plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de
intermediación y otras similares que puedan hacer más competitiva la operación a contratar,
incluyendo la consideración de amortización bullet o amortización irregular que se adapte al perfil de
vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.
Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos

Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

## Página fuente 15 de 114

Cuarto. — Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de
2022 incluido.

Quinto. - Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a travé de la e dirección de correo electrónico:
Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.
Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.
Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado
de la adjudicación a todas las entidades participantes.
Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado electrónicamente)

EL VICEPRESIDENTE Y CONSEJERO DE HACIENDA, PRESUPUESTOS Y ASUNTOS EUROPEOS.
ROMÁN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ.

P.D. Orden 7 de julio de 2020, de delegación de competencias de la Consejería de Hacienda,
Presupuestos y Asuntos Europeos. (B.0.C. N.° 146 de 22 de julio de 2020).
EL VICECONSEJERO DE HACIENDA, PLANIFICACIÓN Y ASUNTOS EUROPEOS.
FERMÍN DELGADO GARCÍA.

## Página fuente 16 de 114

cm

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos
Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498,747.500 euros, La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

= Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros

## Página fuente 17 de 114

gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales,

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos,

- Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- — Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- — Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

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co
E

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- En una primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. - Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de
2022 incluido.

Quinto. - Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la siguiente dirección de correo electrónico:

## Página fuente 19 de 114

ain
8

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.

Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria

(Documento firmado digitalmente)
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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+

pr]

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498,747.500 euros, La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Format

réstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

= Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

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e
ES

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos.

Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- — Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- — El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

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+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ — Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- — Enuna primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. - Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de

2022 incluido.

## Página fuente 23 de 114

do
a

Quinto. - Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la siguiente dirección de correo electrónico:

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.

Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.
Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria

(Documento firmado digitalmente).
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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E»

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

-Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

## Página fuente 25 de 114

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emi

in de bonos.

- Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- — Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- — Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- — Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizandose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

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co
ES

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- En uuna primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. — Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. — Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de

2022 incluido.

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co
E

Quinto. — Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la siguiente dirección de coreo electrónico:

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.
Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente). _
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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cm

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias — Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.
Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

= Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

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co
ES

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos.

Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- — Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como maximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

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+  Lasofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- — Enuna primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. - Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de

2022 incluido.

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do
Es

Quinto. - Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la siguiente dirección de correo electrónico:

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.
Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente).
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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ps)

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498,747.500 euros, La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Format

réstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

= Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

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co
ES

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos.

Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- — Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como maximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

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+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ - Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- — Enuna primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. — Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de

2022 incluido.

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8

Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus

— " = > ° i" dirección de correo electrónico:

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.
Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria

(Documento firmado digitalmente). _
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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ps)

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

-Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

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Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bono:

- Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- — Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

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gi
i

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- En uuna primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. - Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de
2022 incluido.

Quinto. — Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la siguiente dirección de correo electrónico:

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8

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.
Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.
Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la

adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente).
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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E»

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos
Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación
de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Format

réstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros

## Página fuente 41 de 114

gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos.

Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

## Página fuente 42 de 114

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ — Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- — Enuna primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. — Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de

2022 incluido.

## Página fuente 43 de 114

ain
8

Quinto. - Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
¿ siguiente dirección de coreo electrónico:

je acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.
Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente). _
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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ps

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos
Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés:
el tipo fijo.

ijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades

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autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos.

Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- — Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- — Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una

condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

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E

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- — En una primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.
Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos

y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto.

Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de

2022 incluido.

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E

Quinto. — Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la = dirección de correo electrónico:
Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.

Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente).
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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E»

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

= Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación
de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

## Página fuente 49 de 114

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bono:

- Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- — Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

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ES

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- En uuna primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. - Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de
2022 incluido.

Quinto. —- Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la siguiente dirección de correo electrónico:

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do
E

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.
Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.
Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la

adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria

(Documento firmado digitalmente). ..
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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pr]

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación
de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

» Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio

1

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de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

- Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- — Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

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>

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

e Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases

- — En una primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
o amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. — Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de
2022 incluido.

Quinto. - Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus

ofertas a través de la si i ¡ente dirección de correo electrónico:
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8

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.
Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.
Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la

adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente). ..
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias — Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

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ES

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos.

Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- — Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como maximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

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+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ - Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- — Enuna primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. — Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de
2022 incluido.

Quinto. - Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la siguiente dirección de coreo electrónico:

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Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.
Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio,
Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la

adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente). ..
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

rnativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio

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de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos.

Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros,

- — Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

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a

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- — En una primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
o amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.
Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos

y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto.

Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de

2022 incluido.

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Quinto. — Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la i: dirección de correo electrónico:
Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.

Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente).
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias — Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y
Asuntos Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de
endeudamiento con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios
del año 2022 de determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en
inglés y está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias. org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a
esa entidad la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la
Comunidad Autónoma de Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498,747,500 euros. La Consejería de Hacienda,
Presupuestos y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma
parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia
de fecha de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán
presentar ofertas por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y
Asuntos Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se
formalizarán sin intervención de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la

adjudicación de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas
dependiendo del análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

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réstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe
preferencia por el tipo fijo.

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iones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la
Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por
la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de
endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales, el coste total
máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas,
no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo medio de la operación,
incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo
2 de la citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación
de las ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitida:
de 50.000 euros anuales.

Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del
2 % anual.

- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que
se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos.

Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- — Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- — Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la
Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera,
por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de
endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales, el coste
total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros gastos, salvo las comisiones
permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo medio de la
operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo
2 de la citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo
una emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años.
Sin ser una condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos

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Europeos intentará que cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones
de euros.
- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la
distribución del importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a
dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las
pujas se ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los
niveles más bajos de diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con
diferenciales sucesivamente superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la
cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el
volumen a formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen
ofertado para dicho diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- Enuna primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media
de la emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas
las adjudicatarias.

- En una segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las
adjudicatarias el cupón establecido para la nueva referencia, la TIR resultante
individual (TIR interpolada a la vida media más el diferencial ofrecido), el precio
(redondeado a tres decimales) y el importe a desembolsar en cada caso. El
cupón se determinará de tal manera que los desembolsos de las adjudicatarias
sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante la
actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de
15 de marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el
procedimiento para la contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de
la Comunidad Autónoma de Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo
establecido para la presentación de las ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no sólo los tipos de interés, sino también
todas aquellas características como importes máximos ofertados, plazos, vida media, períodos
de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que puedan hacer más
competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet o
amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las
operaciones si considera que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del
mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda,
Presupuestos y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha
de la adjudicación en firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. - Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de
abril de 2022 incluido.

## Página fuente 67 de 114

Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente

iii lili ““ “

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.

Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo
medio,

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el
resultado de la adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente).
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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cm

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias — Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

= Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación
de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

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El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.
- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte

al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos,

Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

¡o de cada oferta: 25 millones de euros.

Importe mit
- — Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet,

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de

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diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- — En una primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
‘© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.
Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos

y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. — Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de
2022 incluido.

Quinto. — Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la siguiente dirección de correo electrónico:

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.

Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

## Página fuente 71 de 114

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria

(Documento firmado digitalmente).
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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+

[sr]

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

= Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros

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gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.
- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte

al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos,

Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta,

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

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Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- En una primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
‘© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.
Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos

y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto.

Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de

2022 incluido.

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co
8

Quinto. — Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la siguiente dirección de correo electrónico:
Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.

Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente).
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

## Página fuente 76 de 114

e»

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos
Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

= Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

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E

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos.

- Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- — Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- — Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

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E

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

-  Enuna primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicataria.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
o amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.
Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos

Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

## Página fuente 79 de 114

Cuarto. — Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de
2022 incluido.

Quinto. - Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus

= : = = : siguiente dirección de correo electrónico

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.

Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente).
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

## Página fuente 80 de 114

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Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias — Presupuestos y Asuntos Europeos
Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros

1

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gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emi de bonos,
- Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- — Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

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ps]

Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- — Enuna primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

- Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. — Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de
2022 incluido.

## Página fuente 83 de 114

co
E

Quinto. — Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la siguiente dirección de correo electrónico:
Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.

Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente). _
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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E»

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, di
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

= Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación

de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Format: réstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.
- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros

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gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte
al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emi

de bonos,
- Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- — Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- — Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

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e
ES

Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de
diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- — En una primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. — Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de
2022 incluido.

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co
E

Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus

ii iii e

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.
Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento fimado digitalmente).
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento
con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en inglés y
está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias.org)

Atal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a esa entidad
la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma parcial.

-Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia de fecha
de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán presentar ofertas
por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se formalizarán sin intervención
de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la adjudicación
de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas dependiendo del
análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

Formato: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe preferencia por
el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución de
4 de julio de 2017, de la Secretaria General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades
autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros
gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo
medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

## Página fuente 89 de 114

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación de las
ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo de 50.000
euros anuales,

-Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del 2 % anual.
- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.
- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que se adapte

al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos,

Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- _ Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet,

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la Resolución
de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales, el coste total máximo de la operación, incluyendo
comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas, no podrá superar el coste de financiación
del Estado al plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la
citada Resolución.

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como máximo una
emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años. Sin ser una
condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos intentará que
cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la distribución del
importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las pujas se
ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los niveles más bajos de

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diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con diferenciales sucesivamente
superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el volumen a
formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen ofertado para dicho
diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

- — En una primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media de la
emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas las
adjudicatarias.

-  Enuna segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las adjudicatarias el cupón
establecido para la nueva referencia, la TIR resultante individual (TIR interpolada a la vida
media más el diferencial ofrecido), el precio (redondeado a tres decimales) y el importe a
desembolsar en cada caso. El cupón se determinará de tal manera que los desembolsos
de las adjudicatarias sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante
la actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de
marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad Autónoma de
Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido para la presentación de las
ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no
sólo los tipos de interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que
puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet
‘© amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las operaciones si considera
que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha de la adjudicación en
firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

Cuarto. — Plazo de presentación. El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de abril de
2022 incluido.

Quinto. — Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente sus
ofertas a través de la siguiente dirección de correo electrónico:

Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.

Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo medio.

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Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el resultado de la
adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria

(Documento fimado digitalmente).
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

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Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias — Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

Por Orden N.2 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos y
Asuntos Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones de
endeudamiento con destino a la refinanciación a la refinanciación de los vencimientos ordinarios
del año 2022 de determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de
Canarias.

Los documentos de la Presentación A Inversores están actualizados tanto en español como en
inglés y está publicada en la web corporativa en el siguiente enlace:

Presentación a Inversores (gobiernodecanarias org)

A tal efecto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera estima conveniente solicitar a
esa entidad la presentación de ofertas de financiación que pudiera resultar de interés para la
Comunidad Autónoma de Canarias.

Primero. — Las ofertas que se presenten deberán formularse en las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda,
Presupuestos y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de forma
parcial.

-Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin período de carencia de capital, con preferencia
de fecha de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán
presentar ofertas por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y
Asuntos Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se
formalizarán sin intervención de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la

adjudicación de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas
dependiendo del análisis conjunto de las presentadas.

Alternativa 1: Préstamos a largo plazo con entidad residente en la UE,

Format:

réstamos a largo plazo con entidad residente en la UE.

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- Tipo de interés: Fijo o variable, expresado como diferencial sobre tesoro, aunque existe
preferencia por el tipo fijo.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la
Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por
la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de
endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales, el coste total
máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros gastos, salvo las comisiones permitidas,
no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo medio de la operación,
incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo
2 de la citada Resolución.

El cumplimiento de la condición de coste máximo se considerará en el momento de presentación
de las ofertas firmes por las entidades financieras.

- Comisiones permitidas: Comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un máximo
de 50.000 euros anuales.

- Intereses de demora: No podrán superar el tipo de interés de la operación más un recargo del
2% anual.

- Liquidación y pago de intereses: Preferentemente anuales.

- Amortizaciones: Anuales, lineales y constantes, bullet o sistema de amortización irregular que
se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Alternativa 2: Emisión de bonos.

- Emisor: Comunidad Autónoma de Canarias.

- — Importe mínimo de cada oferta: 25 millones de euros.

- — Instrumentación: obligaciones simples, en anotaciones en cuenta.

- Valor nominal: 1.000 euros por obligación.

- Amortización: a la par, bullet.

- Tipo de Interés: Fijo, cupón anual por vencido (base Act/Act). MFBD non-ajusted.

Se indicará el diferencial en puntos básicos, a aplicar sobre el Tesoro a la vida media, incluyendo
comisiones y otros gastos (all-in, todo incluido).

- Cotización: Mercado Renta Fija AIAF.

- Condiciones financieras: De conformidad con lo establecido en el apartado tercero de la
Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera,
por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de
endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales, el coste
total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros gastos, salvo las comisiones
permitidas, no podrá superar el coste de financiación del Estado al plazo medio de la
operación, incrementado en 50 puntos básicos.

Para conocer el coste de financiación del Estado se utilizará la metodología prevista en el Anexo
2 de la citada Resolución.

## Página fuente 94 de 114

- Las emisiones de obligaciones se agruparán por vencimiento, formalizándose como maximo
una emisión para cada año de vencimiento. Existe preferencia por ofertas a 10, 12 y 20 años.
Sin ser una condición inquebrantable, la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos intentará que cualquier nueva emisión tenga al menos un nominal de 100 millones
de euros.

- El procedimiento para agrupar las ofertas en un mismo año de vencimiento será el siguiente:

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que superasen el importe a formalizar, la
distribución del importe adjudicado se realizará en proporción al volumen ofertado a
dicho diferencial.

+ Las ofertas recibidas al menor diferencial que no alcanzasen el importe a formalizar, las
pujas se ordenarán de menor a mayor diferencial frente al Tesoro. Aquellas con los
niveles más bajos de diferencial serán satisfechas en primer lugar y las pujas con
diferenciales sucesivamente superiores serán aceptadas a continuación, hasta agotar la
cantidad total que vaya a formalizarse.

+ Si para el diferencial más alto aceptado, la cantidad solicitada agregada excede el
volumen a formalizar, esta se adjudicará efectuando un prorrateo para el volumen
ofertado para dicho diferencial.

+ El pricing de la emisión se hará en dos fases:

-  Enuna primera fase se determinará la TIR del Tesoro interpolada a la vida media
de la emisión (redondeada a tres decimales) en una llamada conjunta con todas
las adjudicatarias.

- En una segunda fase, se comunicará de forma individualizada a las
adjudicatarias el cupón establecido para la nueva referencia, la TIR resultante
individual (TIR interpolada a la vida media más el diferencial ofrecido), el precio
(redondeado a tres decimales) y el importe a desembolsar en cada caso. El
cupón se determinará de tal manera que los desembolsos de las adjudicatarias
sean igual o por debajo del par. Cada precio se obtendrá mediante la
actualización de los cupones y el nominal a la TIR resultante.

Segundo. - Criterios de selección. Conforme a lo establecido en el artículo 8.1 de la Orden de
15 de marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el
procedimiento para la contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de
la Comunidad Autónoma de Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo
establecido para la presentación de las ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política
Financiera evaluará las mismas, teniendo en cuenta no sólo los tipos de interés, sino también
todas aquellas características como importes máximos ofertados, plazos, vida media, períodos
de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que puedan hacer más
competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet o
amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias.

Tercero. — Validez de las ofertas.

Las ofertas deberán indicar su vigencia. En todo caso, la Consejería de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos se reserva la posibilidad de declarar desierta la adjudicación de las
operaciones si considera que las ofertas recibidas no se corresponden con las condiciones del
mercado o la calidad del mismo.

Siempre que las condiciones del mercado así lo recomienden, la Consejería de Hacienda,
Presupuestos y Asuntos Europeos podrá retrasar o suspender las operaciones antes de la fecha
de la adjudicación en firme, reservándose, igualmente, la cláusula de fuerza mayor.

## Página fuente 95 de 114

Cuarto. - Plazo de presentación, El plazo para la presentación de ofertas es hasta el día 22 de
abril de 2022 incluido.

Quinto. — Medio de presentación. Las entidades interesadas podrán presentar exclusivamente
a dd i li i h i gr" dirección de correo electrónico:
Se acusará recepción de la oferta, a través del mismo medio.

Las entidades podrán cursar consultas durante el período de presentación a través del mismo
medio.

Sexto. - Adjudicación. Una vez finalizado el procedimiento de selección, se notificará el
resultado de la adjudicación a todas las entidades participantes.

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado digitalmente).
LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

## Página fuente 96 de 114

+

ps)

Gobierno Consejería de Hacienda,
deCanarias Presupuestos y Asuntos Europeos

Dirección General del Tesoro
y Política Financiera

INFORME PROPUESTA DE SELECCIÓN DE LAS ENTIDADES DE CRÉDITO CON LAS
QUE SE FORMALIZARÁN LAS OPERACIONES ENDEUDAMIENTO CON DESTINO A
LA REFINANCIACIÓN DE LOS VENCIMIENTOS ORDINARIOS DEL AÑO 2022 DE
DETERMINADAS OPERACIONES DE CRÉDITO SUSCRITAS POR LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE CANARIAS, DE CONFORMIDAD CON LA INVITACIÓN REALIZADA
MEDIANTE CORREO ELECTRÓNICO POR LA DIRECCIÓN [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y
POLÍTICA FINANCIERA A DETERMINADAS ENTIDADES DE CRÉDITO.

Por Orden N.° 214/2022, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de
operaciones de endeudamiento con destino a la refinanciación de los vencimientos
ordinarios del año 2022 de determinadas operaciones de crédito suscritas por la
Comunidad Autónoma de Canarias.

La Orden de 15 de marzo de 2010, de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos
Europeos, regula el procedimiento para la contratación de operaciones de crédito por los
entes del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias con presupuesto limitativo,
dispone en su artículo 4.2 que por razones de urgencia la Dirección General del Tesoro y
Política Financiera podrá iniciar el procedimiento de contratación de operaciones de crédito
mediante solicitud de ofertas a un grupo determinado de entidades financieras capacitadas
para la realización del contrato, siendo necesario cursar la invitación a participar en el
proceso selectivo a un mínimo de cinco entidades, siempre que ello sea posible.

En su virtud, mediante el escrito de fecha de 6 abril de 2022 a través de correos electrónicos
fueron invitadas a presentar ofertas de financiación las siguientes 20 entidades de crédito:

Abanca Corporación Bancaria, S. A.

Arquia Bank, S.A.

Grupo Banca March, S.A.

Cajasiete Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito.
Banco Caminos, S.A.

Crédit Agricole Corporate and Investment Bank.
Banco de Sabadell, S.A.

Banco Santander, S.A.

Bankinter, S.A.

Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Banco Beka Finance, Sociedad de Valores, S.A.
CaixaBank, S.A.

Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito.
Cross Capital EAF S.L.

Grupo Caja de Ingenieros.

HSBC Group.

Triodos Bank, N.V.S.E.

Unicaja Banco.

Deutsche Bank.

Cecabank.

El apartado segundo de la Orden de Inicio, 214/2022, de 6 abril de 2022, establece los
criterios de adjudicación , “conforme en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de marzo de 2010,

## Página fuente 97 de 114

de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula el procedimiento para la
contratación de operaciones de crédito por los entes del sector público de la Comunidad
Autónoma de Canarias con presupuesto limitativo, una vez concluido el plazo establecido
para la presentación de las ofertas, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera
evaluará las mismas, teniendo en cuenta no sólo los tipos de interés, sino también todas
aquellas características como importes máximos ofertados, plazos, vida media, períodos
de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras similares que puedan hacer más
competitiva la operación a contratar, incluyendo la consideración de amortización bullet o
amortización irregular que se adapte al perfil de vencimientos de Canarias”.

Cerrado el plazo para la presentación de las ofertas el día 22 de abril de 2022 a las 00:00
horas (hora oficial en Canarias), y a la vista de las ofertas de financiación presentadas, se
informa:

PRIMERA. — INVITACIÓN A PRESENTAR OFERTAS.

El Gobierno de Canarias solicitó ofertas de financiación a largo plazo en formato préstamos
y bonos con las siguientes condiciones:

- Importe solicitado: Hasta un máximo de 498.747.500 euros. La Consejería de Hacienda,
Presupuestos y Asuntos Europeos podrá optar por adjudicar una oferta en su totalidad o de
forma parcial.

- Plazo de la operación: Hasta 20 años, con o sin periodo de carencia de capital, con preferencia
de fecha de vencimiento en 2030 o, en su caso, a partir del 2032, incluido. No obstante, se podrán
presentar ofertas por periodos superiores.

- Formalización y disposición: A determinar por la Consejería de Hacienda, Presupuestos y
Asuntos Europeos en coordinación con las entidades financieras. Las operaciones se
formalizarán sin intervención de fedatario público y no se considerarán gastos de corretaje.

- Adjudicación: La Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos realizará la
adjudicación de acuerdo a los criterios de selección y decidirá la adjudicación o no de las ofertas
dependiendo del análisis conjunto de las presentadas.

SEGUNDA. - OFERTAS PRESENTADAS.

El número de entidades financieras que se presentaron fueron 11, cuyo volumen total de
ofertas superó los 1.900 millones de euros, esto es casi cuatro veces las necesidades a
cubrir.

La tabla de las ofertas recibidas es la siguiente:

## Página fuente 98 de 114

ip
E

TERCERA. -OFERTAS VALORADAS.

Para valorar las diferentes ofertas se ha tenido en cuenta el cumplimiento de las
condiciones financieras establecidas en la Orden de inicio 214/2022, de 6 de abril de 2022
y conforme a derecho las siguientes:

1° Que se cumplen todas las condiciones recogidas en la Resolución de 4 de julio de 2017,
de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio
de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales.

2° Que, para conocer el coste de financiación del Estado, a cada plazo medio de cada
oferta, se utilizará la metodología prevista en el Anexo 2 de la citada Resolución.

3° Que el coste total máximo de la operación, incluyendo comisiones y otros gastos, salvo
las comisiones permitidas (comisión de agencia para operaciones sindicadas, con un
máximo de 50.000 euros anuales), no podrá superar el coste de financiación del Estado al
plazo medio de la operación, incrementado en 50 puntos básicos.

De las 42 ofertas recibidas de las once entidades financieras, 8 ofertas no cumplen el
criterio de prudencia financiera tal y como se especifica en la tabla resumen anterior.

## Página fuente 99 de 114

A continuación, se han aplicado los criterios previstos en el apartado segundo de la Orden
de Inicio, 214/2022, de 6 abril de 2022.

Conforme a los mismos, para seleccionar entre las diferentes ofertas se tiene en cuenta,
principalmente, el coste frente a Tesoro y que la oferta se adecúe a la estrategia de
financiación planteada por el Gobierno de Canarias.

La valoración, en términos de coste, de las ofertas remitidas se ha realizado mediante la
homogeneización en los términos de cada una de ellas, obteniéndose el margen del tipo
que se aplica a la operación. En este caso, como es habitual en la práctica, se calcula el
diferencial sobre Tesoro (unidad de referencia del coste autonómico). El diferencial sobre
Tesoro se ha calculado en base al Anexo II con los tipos del Tesoro del 22 de abril de 2022.

CUARTA. - AUTORIZACIONES PRECEPTIVAS.

Con fecha de 22 de febrero de 2022, mediante Acuerdo del Consejo de Ministros se
autoriza a esta Comunidad Autónoma de Canarias a formalizar operaciones de deuda a
largo plazo, por un importe máximo de ochocientos noventa y ocho millones setecientos
cuarenta y siete mil quinientos euros (898.747.500 €), destinada a la financiación de los
vencimientos de deuda a largo plazo (842,16 millones de euros), y el resto, a financiar la
anualidad de las liquidaciones negativas del sistema de financiación de 2008 y 2009 (56,59
millones de euros).

La Dirección General del Tesoro y Política Financiera solicita, con fecha de 26 de abril de
2022, autorización expresa de la Secretaría General del Tesoro y Política Internacional del
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, para la formalización de las
operaciones de endeudamiento propuestas a adjudicar, en el formato de préstamos a largo
plazo con entidad residente, y por importe de 350 millones de euros, requisito necesario
para proceder a la firma de los contratos.

QUINTA. - PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN DE OFERTAS.

Considerando que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene capacidad, actualmente,
para cubrir todas sus necesidades de tesorería en los próximos meses, estimamos como
estrategia más adecuada, no completar la solicitud de financiación en su totalidad y cubrir
sólo por el importe de 350 millones (que supone un 70% de las necesidades).

Por tanto, las operaciones que se recomiendan adjudicar son aquellas que presentan un
menor coste sobre Tesoro y que, además, se encuentran en línea con la estrategia de
Canarias. En este sentido, las dos ofertas seleccionadas son:

- Banco Sabadell, S.A: 250 MME,
-Unicaja Banco, S.A: 100 MME, ti

## Página fuente 100 de 114

do
8

Por otra parte, se considera que la Comunidad Autónoma de Canarias debe tener como
objetivo, dada su buena calidad crediticia, obtener un diferencial sobre Tesoro más ajustado
siempre que la situación financiera lo permita y así minimizar el coste de su deuda

Las Palmas de Gran Canaria

(Documento frmado electrónicamente).

LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
DUNIA GONZÁLEZ VEGA.

## Página fuente 101 de 114

SECRETARÍA DE ESTADO
DEECONOMÍA Y APOYO A LA EMPRESA

MINISTERIO

DE ASUNTOS ECONÓMICOS SECRETARÍA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO

Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y FINANCIACIÓN INTERNACIONAL

FIRMADO

Dña. Dunia González Vega.

LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
Gobierno de Canarias

C/ Tomás Miller, 38 Planta 4?

35071 - Las Palmas de Gran Canaria

Con fecha de 26 de abril de 2022 ha tenido entrada en esta Secretaría General su escrito solicitando
autorización para llevar a cabo operaciones de endeudamiento a largo plazo mediante préstamos por
importe máximo de 350.000.000 euros.

La Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y de las entidades locales.

El apartado segundo, punto 2 de la mencionada Resolución establece que “a las comunidades
autónomas adheridas al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas les serán de aplicación los
artículos 19.1.a) y 24.b) del Real Decreto-ley 17/2014, según el cual no podrán realizar operaciones
instrumentadas en valores ni operaciones de crédito a largo plazo, salvo previa autorización expresa de
la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera sin perjuicio de la autorización preceptiva del
Consejo de Ministros, de conformidad con el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre
de Financiación de las Comunidades Autónomas”.

A estos efectos, y según el artículo 2 del Real Decreto-ley 17/2014, “se entiende por Comunidad
Autónoma y Entidad Local tanto la Administración de la Comunidad Autónoma y de la Entidad Local como
el resto de entidades, organismos y entes dependientes de aquéllas, incluidos en el sector
Administraciones públicas, subsector Comunidades Autónomas y subsector Corporaciones Locales, de
acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la
Unión Europea”.

[9 en https.//www.pap.hacienda.gob.es

Las condiciones financieras de las operaciones para las que se solicita autorización son las siguientes

1. Entidad Banco Sabadell, S.A.

- importe: 250.000.000 00 (doscientos cincuenta millones) de euros

General del Tesoro y Politica Financiera

2. Entidad Unicaja Banco, S.A.

PASEO DEL PRADO, 6
28014 MADRID

La autenticidad del documento puede ser comprobada mediante el CSVI

PABLO DE RAMON-LACA CLAUSEN - 2022-04-29 23:29:57 CEST, ca

## Página fuente 102 de 114

FIRMADO

SECRETARÍA DE ESTADO
DE ECONOMÍA Y APOYO A LA EMPRESA,

MINISTERIO

DE ASUNTOS ECONÓMICOS SECRETARÍA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO.

Y FINANCIACIÓN INTERNACIONAL

Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

Esta Secretaría General, a la vista de la solicitud presentada, resuelve autorizar la realización de las
operaciones en las condiciones descritas, siempre y cuando para cada una de ellas el coste total máximo
no supere el coste de financiación del Estado al plazo medio de la operación incrementado en 50 puntos
básicos.

Asimismo, se recuerda que la totalidad del clausulado debe ajustarse al marco establecido en la
Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se
define el principio de prudencia financiera y ser conforme con la autorización de Consejo de Ministros,
con fecha de 22 de febrero de 2022, por la que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Canarias a
formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo 898.747.500€.

Por último, las operaciones que se lleven a cabo al amparo de la presente autorización deberán ser
formalizadas como tarde el 30 de junio de 2022.

Firmado electrónicamente por:
EL DIRECTOR [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA

Pablo de Ramón-Laca Clausen

3
3
3
E

PASEO DEL PRADO, 6
28014 MADRID

PABLO DE RAMON-LACA CLAUSEN - 2022-04-29 23:29:57 CEST cargo=Director General del Tesoro y Política Financiera

La autenticidad del documento puede ser comprobada mediante

## Página fuente 103 de 114

+

pr]

Gobierno Consejería de Hacienda,
de Canarias Presupuestos y Asuntos Europeos

ORDEN DEL CONSEJERO DE HACIENDA, PRESUPUESTOS Y ASUNTOS EUROPEOS POR
LA QUE SE SELECCIONAN LAS ENTIDADES DE CRÉDITO CON LAS QUE SE
FORMALIZARÁN LAS OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO DE PRÉSTAMOS CON
DESTINO A LA REFINANCIACIÓN DE LOS VENCIMIENTOS ORDINARIOS DEL AÑO 2022
DE DETERMINADAS OPERACIONES DE CRÉDITO SUSCRITAS POR LA COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE CANARIAS.

Mediante Orden N.° 214/2024, de 6 de abril de 2022, del Consejero de Hacienda, Presupuestos
y Asuntos Europeos, se dispone el inicio del procedimiento para la contratación de operaciones
de endeudamiento con destino a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022
de determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma en la modalidad
de préstamos a largo plazo y bonos.

La Orden de 15 de marzo de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se
regula el procedimiento para la contratación de operaciones de crédito por los entes del sector
público de la Comunidad Autónoma de Canarias con presupuesto limitativo, dispone en su
artículo 4.2 que por razones de urgencia la Dirección General del Tesoro y Política Financiera
podrá iniciar el procedimiento de contratación de operaciones de crédito mediante solicitud de
ofertas a un grupo determinado de entidades financieras capacitadas para la realización del
contrato, siendo necesario cursar la invitación a participar en el proceso selectivo a un mínimo
de cinco entidades, siempre que ello sea posible.

La Dirección General del Tesoro y Política Financiera mediante el escrito de fecha de 6 abril de
2022 a través de correos electrónicos procede a la invitación a presentar ofertas de financiación
las siguientes 20 entidades de crédito:

Abanca Corporación Bancaria, S. A.

Arquia Bank, S.A.

Grupo Banca March, S.A.

Cajasiete Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito.
Banco Caminos, S.A.

Crédit Agricole Corporate and Investment Bank.
Banco de Sabadell, S.A.

Banco Santander, S.A.

Bankinter, S.A.

Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.

Banco Beka Finance, Sociedad de Valores, S.A.
CaixaBank, S.A.

Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito.
Cross Capital EAF S.L.

Grupo Caja de Ingenieros.

HSBC Group.

Triodos Bank, N.V.S.E.

Unicaja Banco.

Deutsche Bank.

Cecabank.

El apartado segundo de la Orden de Inicio, 214/2022, de 6 abril de 2022, conforme a lo
establecido en el artículo 8.1 de la Orden de 15 de marzo de 2010, dispone que una vez
concluido el plazo establecido para la presentación de las ofertas, la Dirección General del
Tesoro y Política Financiera evaluará las mismas teniendo en cuenta no sólo los tipos de

a

## Página fuente 104 de 114

interés, sino también todas aquellas características como importes máximos ofertados,
plazos, vida media, períodos de carencia, comisiones, gastos de intermediación y otras
similares que puedan hacer más competitiva la operación a contratar, incluyendo la
consideración de amortización bullet o amortización irregular que se adapte al perfil de
vencimientos de Canarias.

y elevará al Consejero de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos una propuesta
motivada de selección de la entidad financiera con la que haya de formalizarse la operación.

Cerrado el plazo para la presentación de las ofertas el día 22 de abril de 2022 a las 00:00
horas (hora oficial en Canarias), y a la vista de las ofertas de financiación presentadas, se
emite informe por la Dirección de Tesoro y Política Financiera con fecha de 26 de abril,
cuyo resultado es el siguiente:

El número de entidades financieras que se presentaron fueron 11, cuyo volumen total de ofertas
superó los 1.900 millones de euros, esto es casi cuatro veces las necesidades a cubrir.

La tabla de las ofertas recibidas es la siguiente:

De las 42 ofertas recibidas de las once entidades financieras, 8 ofertas no cumplen el criterio de
prudencia financiera tal y como se especifica en la tabla resumen anterior por lo que quedan
excluidas de la valoración.

## Página fuente 105 de 114

8

Aplicando los criterios de selección previstos en el apartado segundo de la Orden de Inicio,
214/2022, de 6 abril de 2022, la Dirección General de Tesoro y Política Financiera estima
adjudicar las operaciones que en encontrándose en la línea con la estrategia de financiación de
la Comunidad Autónoma de Canarias, presentan un menor coste sobre Tesoro aunque con ello
no se complete la totalidad de la financiación convocada, al considerarse que actualmente hay

La Secretaría General del Tesoro y Financiera Internacional autoriza la realización de

las operaciones de endeudamiento mediante escrito de fecha de 26 de abril de 2022 al
cumplir las condiciones financieras recogidas en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la
Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, señalando que las operaciones que se lleven
a cabo al amparo de la presente autorización deberán ser formalizadas como tarde el 30 de junio
de 2022.

En virtud de las competencias que me confiere el artículo 93, 95 y 97 b) de la Ley 11/2006,
de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria y la Orden de 7 de julio, de 2020, de
delegación de competencias de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos,
se aprueba la delegación de competencias y contando con todas las autorizaciones requeridas
de conformidad con la normativa vigente ordeno.

DISPONGO

Primero. — Considerando que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene capacidad,
actualmente, para cubrir a corto plazo todas sus necesidades de tesorería, se adjudican las
siguientes operaciones de crédito a largo plazo, con destino a la financiación de los vencimientos
ordinarios de 2022.

Banco Sabadell S.A

Importe: 250.000.000,00 de euros.

-Formato: Préstamo a largo plazo.

El coste de la operación respeta lo establecido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la
Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de

## Página fuente 106 de 114

Em

prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y entidades locales

Unicaja Banco S.A

- Importe: 100.000.000,00 de euros.

- Formato: Préstamo a largo plazo

Las Palmas de Gran Canaria.

(Documento firmado electrónicamente).

EL VICEPRESIDENTE Y CONSEJERO DE HACIENDA, PRESUPUESTOS Y ASUNTOS
EUROPEOS. |
ROMÁN RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ.

P.D. Orden 7 de julio de 2020, de delegación de competencias de la Consejería de
Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos. (B.0.C. N.° 146 de 22 de julio de 2020).

EL VICECONSEJERO DE HACIENDA, PLANIFICACIÓN Y ASUNTOS EUROPEOS.
FERMÍN DELGADO GARCÍA.

## Página fuente 107 de 114

D
Gobierno canted de Administraciones
de Canarias 'úblicas, Justicia y Segurida
e Viceconsejería de los Servicios Jurídicos

S C.l. HPE 46/22 B1
Ref. Platea 241/2022

Recibida, con fecha 29 de abril de 2022 y número de asiento interno APJS
127436, petición de informe preceptivo en relación con el borrador de CONTRATO DE
PRÉSTAMO A SUSCRIBIR ENTRE LA ENTIDAD DE CRÉDITO UNICAJA BANCO, S.A.
CON CIF NUM [IDENTIFICADOR PERSONAL OMITIDO] LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS(n.° de
documento eco en virtud de lo
preceptuado en el articulo fel Reglamento de Organización y Funcionamiento del
Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, aprobado por el Decreto 19/1992, de 7 de
febrero, se informa a V.I. lo siguiente:

I. El expediente remitido consta de la siguiente documentación:

1) Orden 214/2022, de 6 de abril de 2022, de la Consejería de
Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, por la que se dispone el inicio del
procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento con destino a la
refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de determinadas operaciones de
crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

2) Solicitud de ofertas para la formalización de operaciones de
endeudamiento a 20 entidades de crédito.

3) 42 Ofertas presentadas por 11 entidades de crédito.

4) Informe propuesta de selección de las entidades de crédito con las que
se formalizarán las operaciones de endeudamiento, con destino a la refinanciación de los
vencimientos ordinarios del año 2022 de determinadas operaciones de crédito suscritas por la
Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con la Invitación realizada mediante
correo electrónico por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a determinadas
entidades de crédito.

5) Orden 267/2022, de 02 de mayo de 2022 por la que se seleccionan
las entidades de crédito con las que se formalizarán las Operaciones de Endeudamiento de
la Préstamos con destino a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Plaza de San Telmo, n° 1 (antiguo Cuartel San Cartos) C/Málaga, n* 2, Torre 3, planta 6*
38071 Santa Cruz de Tenerife 35071 Las Palmas de Gran Canaria

wwrwgobean.es

## Página fuente 108 de 114

3-

Unicaja Banco S.A

~ Importe: 100.000.000,00 de euros.

- Formato: Préstamo a largo plazo.

6) Documentación acreditativa de los poderes de representación de la
personas físicas que actúan en nombre y representación de BANCO SABADELL, S.A.

7) Borrador del contrato de préstamo entre la entidad de crédito Banco
Sabadell, S.A. y la Comunidad Autónoma de Canarias.

8) Autorización del Consejo de Ministros, adoptada mediante acuerdo
en la reunión celebrada el 22 de febrero de 2022, en virtud del cual se autoriza a la
Comunidad Autónoma de Canarias a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un
importe máximo 898.747.500€ (842,16 millones de euros financian los vencimientos de
deuda a largo plazo del ejercicio, que no supondrán un aumento del endeudamiento de la
Comunidad con respecto a la deuda a cierre del ejercicio 2021. El resto se destinará a
financiar la anualidad de las liquidaciones negativas del sistema de financiación de 2008 y
2009, por importe de 56,59 millones de euros ) (Preceptiva ex artículo 14 de la Ley Orgánica
8/1980, de 22 de septiembre de Financiación de las Comunidades Autónomas).

9) Autorización expresa de la Secretaría General del Tesoro y Política
Financiera, de fecha 29 de abril de 2022, para llevar a cabo operaciones de endeudamiento
a largo plazo mediante préstamos por importe máximo de 350.000.000 euros. (Preceptiva ex-
artículo 19.1 a) y 24 b) del Real Decreto-Ley 17/2014, de 26 de diciembre, de Medidas de
sostenibilidad financiera de las Comunidades Autónomas y entidades locales y otras de
carácter económico.

Il. Analizado el borrador de contrato, se realizan las siguientes
observaciones:

1) Se observa que en la autorización del Consejo de Ministros de 22 de
febrero de 2022, 56,59 millones de euros se destinarán a financiar la anualidad de las

Plaza de San Telmo, n° 1 (antiguo Cuartel San Cartos) C/Málaga, n* 2, Torre 3, planta 6*
38071 Santa Cruz de Tenerife 35071 Las Palmas de Gran Canaria

wwwgobcan.es:

## Página fuente 109 de 114

a

a

liquidaciones negativas del sistema de financiación de 2008 y 2009, por lo tanto, deberá
constar el % destinado a tal fin, dado la finalidad prevista en las condiciones particulares del
borrador del contrato de préstamo:

- Refinanciación de los vencimientos ordinarios de deuda del año 2022 de
determinados préstamos suscritos por la Comunidad Autónoma de Canarias con distintas
entidades de crédito.

- Financiar la anualidad de las liquidaciones negativas del sistema de
financiación de 2008 y 2009.

Téngase en cuenta que el clausulado debe ser conforme con la autorización
de Consejo de Ministros, adoptada en la reunión de fecha de 22 de febrero de 2022, por la
que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Canarias a formalizar operaciones de deuda a
largo plazo por un importe máximo 898.747.500€

2) La generalidad de la redacción dada a la cláusula décimo cuarta de del
borrador de contrato genera inseguridad jurídica para la Comunidad Autónoma de
Canarias en cuanto en virtud de la misma ésta se obliga a comunicar a la prestamista “(...)
todos los acuerdos que de cualquier modo pudieran afectar al contenido del presente
contrato (...)” . Teniendo en cuenta que la cláusula novena (vencimiento anticipado) del
borrador, vincula la posibilidad de que la prestamista dé por vencida la obligación, aún cuando
no haya transcurrido el plazo estipulado, si la parte prestataria, entre otras causas, dejara
incumplida cualquiera de las cláusulas del contrato, se estima necesario que en la referida
cláusula décimo cuarta se especifique qué concretos acuerdos, que además puedan afectar
al contenido del contrato, han de ser comunicados a la entidad prestamista.

3) Dado la competencia material del centro directivo al que pertenece el
Servicio de Política Financiera se sugiere que conste informe en el que se constate que la
totalidad del clausulado del borrador de contrato se ajusta al marco establecido en la
Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera,
por la que se define el principio de prudencia financiera. Sobre todo teniendo en cuenta el
riesgo que pudiera tener el tipo de préstamo de interés solamente.

4) Se sugiere incorporar al borrador del contrato de préstamo como Anexo
la autorización expresa de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, de fecha 29
de abril de 2022.

Es cuanto se informa, no obstante, V.I. acordará.
En Santa Cruz de Tenerife,
LA LETRADA,

ILMA. SRA. DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA
CONSEJERÍA DE HACIENDA, PRESUPUESTOS Y ASUNTOS EUROPEOS

Plaza de San Telmo, n* 1 (antiguo Cuartel Son Cartes) C/Málaga,n* 2, Torre 3, plana 6* ss
38071 Santa Cruz de Tenerife 35071 Las Palmas de Gran Canaria Mrengobcenas

## Página fuente 110 de 114

pro]
Gobierno Consejería de Administraciones
deCanarias Públicas, Justicia y Seguridad
Viceconsejería de los Servicios Jurídicos

S C.l. HPE 45/22 B1
Ref. Platea 240/2022

Recibida, con fecha 29 de abril de 2022 y número de asiento interno APJS

127436, petición de informe preceptivo en relación con el borrador de CONTRATO DE

PRÉSTAMO A SUSCRIBIR ENTRE LA ENTIDAD DE CRÉDITO BANCO SABADELL, S.A. Y

0 JARIAS(n.° de documento electrónico:

en virtud de lo preceptuado en el artículo

5 uncionamiento del Servicio Juridico del

Gobierno de Canarias, aprobado por el Decreto 19/1992, de 7 de febrero, se informa a V.!. lo
siguiente:

|. El expediente remitido consta de la siguiente documentación:

1) Orden 214/2022, de 6 de abril de 2022, de la Consejería de
Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, por la que se dispone el inicio del
procedimiento para la contratación de operaciones de endeudamiento con destino a la
refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de determinadas operaciones de
crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

2) Solicitud de ofertas para la formalización de operaciones de
endeudamiento a 20 entidades de crédito.

3) 42 Ofertas presentadas por 11 entidades de crédito.

4) Informe propuesta de selección de las entidades de crédito con las que
se formalizarán las operaciones de endeudamiento, con destino a la refinanciación de los
vencimientos ordinarios del año 2022 de determinadas operaciones de crédito suscritas por la
Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con la Invitación realizada mediante
correo electrónico por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a determinadas
entidades de crédito.

5) Orden 267/2022, de 02 de mayo de 2022 por la que se seleccionan
las entidades de crédito con las que se formalizarán las Operaciones de Endeudamiento de
la Préstamos con destino a la refinanciación de los vencimientos ordinarios del año 2022 de
determinadas operaciones de crédito suscritas por la Comunidad Autónoma de Canarias.

Plaza de San Telmo, n*1 (antiguo Cuartel San Cartos) C/Málaga, n* 2, Torre 3, planta 6*
38071 Santa Cruz de Tenerife 35071 Las Palmas de Gran Canaria

wwwgobeanes:

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mp

Banco Sabadell S.A
Importe: 250.000.000,00 de euros.

“Formato: Préstamo a largo plazo.

El coste de la operación respeta lo establecido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la
Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de

6) Documentación acreditativa de los poderes de representación de la
personas físicas que actúan en nombre y representación de BANCO SABADELL, S.A.

7) Borrador del contrato de préstamo entre la entidad de crédito Banco
Sabadell, S.A. y la Comunidad Autónoma de Canarias.

8) Autorización del Consejo de Ministros, adoptada mediante acuerdo
en la reunión celebrada el 22 de febrero de 2022, en virtud del cual se autoriza a la
Comunidad Autónoma de Canarias a formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un
importe máximo 898.747.500€ (842,16 millones de euros financian los vencimientos de
deuda a largo plazo del ejercicio, que no supondrán un aumento del endeudamiento de la
Comunidad con respecto a la deuda a cierre del ejercicio 2021. El resto se destinará a
financiar la anualidad de las liquidaciones negativas del sistema de financiación de 2008 y
2009, por importe de 56,59 millones de euros ) (Preceptiva ex artículo 14 de la Ley Orgánica
8/1980, de 22 de septiembre de Financiación de las Comunidades Autónomas).

9) Autorización expresa de la Secretaría General del Tesoro y Política
Financiera, de fecha 29 de abril de 2022, para llevar a cabo operaciones de endeudamiento
a largo plazo mediante préstamos por importe máximo de 350.000.000 euros. (Preceptiva ex-
artículo 19.1 a) y 24 b) del Real Decreto-Ley 17/2014, de 26 de diciembre, de Medidas de
sostenibilidad financiera de las Comunidades Autónomas y entidades locales y otras de
carácter económico.

II. Analizado el borrador de contrato, se realizan las siguientes
observaciones:

1) Se observa que en la autorización del Consejo de Ministros de 22 de
febrero de 2022, 56,59 millones de euros se destinarán a financiar la anualidad de las
liquidaciones negativas del sistema de financiación de 2008 y 2009, por lo tanto, deberá

Plaza de San Telmo, n* 1 (antiguo Cuartel San Cartos) C/Málaga, n* 2, Torre 3, planta 6*
38071 Santa Cruz de Tenerife 35071 Las Palmas de Gran Canaria

Wwwgobcan.es

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cm

constar el % destinado a tal fin, dado la finalidad prevista en las condiciones particulares del
borrador del contrato de préstamo:

- Refinanciación de los vencimientos ordinarios de deuda del año 2022 de
determinados préstamos suscritos por la Comunidad Autónoma de Canarias con distintas
entidades de crédito.

- Financiar la anualidad de las liquidaciones negativas del sistema de
financiación de 2008 y 2009.

Téngase en cuenta que el clausulado debe ser conforme con la autorización
de Consejo de Ministros, adoptada en la reunión de fecha de 22 de febrero de 2022, por la
que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Canarias a formalizar operaciones de deuda a
largo plazo por un importe máximo 898.747.500€

2) La generalidad de la redacción dada a la cláusula décimo cuarta de del
borrador de contrato genera inseguridad jurídica para la Comunidad Autónoma de
Canarias en cuanto en virtud de la misma ésta se obliga a comunicar a la prestamista “(...)
todos los acuerdos que de cualquier modo pudieran afectar al contenido del presente
contrato (...)” . Teniendo en cuenta que la cláusula novena (vencimiento anticipado) del
borrador, vincula la posibilidad de que la prestamista dé por vencida la obligación, aún cuando
no haya transcurrido el plazo estipulado, si la parte prestataria, entre otras causas, dejara
incumplida cualquiera de las cláusulas del contrato, se estima necesario que en la referida
cláusula décimo cuarta se especifique qué concretos acuerdos, que además puedan afectar
al contenido del contrato, han de ser comunicados a la entidad prestamista.

3) Dado la competencia material del centro directivo al que pertenece el
Servicio de Política Financiera se sugiere que conste informe en el que se constate que la
totalidad del clausulado del borrador de contrato se ajusta al marco establecido en la
Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera,
por la que se define el principio de prudencia financiera. Sobre todo teniendo en cuenta el
riesgo que pudiera tener el tipo de préstamo de interés solamente.

4) Se sugiere incorporar al borrador del contrato de préstamo como Anexo
la autorización expresa de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, de fecha 29
de abril de 2022.

Es cuanto se informa, no obstante, V.I. acordará.
En Santa Cruz de Tenerife,
LA LETRADA,

ILMA. SRA. DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA
CONSEJERÍA DE HACIENDA, PRESUPUESTOS Y ASUNTOS EUROPEOS

Plaza de San Telmo, n*1 (antiguo Cuartel San Cartes) C/Málaga,n* 2, Torre 3, planta 6% ss
38071 Santa Cruz de Tenerife 35071 Las Palms de Gran Canaria waengitcanas

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SECRETARÍA DE ESTADO
DE ECONOMÍA Y APOYO A LA EMPRESA

FIRMADO

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& 1d » MINISTERIO

q eal DE ASUNTOS ECONOMICOS SECRETARÍA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO
a a Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y FINANCIACIÓN INTERNACIONAL

Dña. Dunia González Vega

LA DIRECTORA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA.
Gobierno de Canarias

C/ Tomás Miller, 38 Planta 4*

35071 - Las Palmas de Gran Canaria

Con fecha de 26 de abril de 2022 ha tenido entrada en esta Secretaría General su escrito solicitando
autorización para llevar a cabo operaciones de endeudamiento a largo plazo mediante préstamos por
importe máximo de 350.000.000 euros.

La Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, define el
principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las
comunidades autónomas y de las entidades locales.

El apartado segundo, punto 2 de la mencionada Resolución establece que “a las comunidades
autónomas adheridas al Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas les serán de aplicación los
artículos 19.1.a) y 24.b) del Real Decreto-ley 17/2014, según el cual no podrán realizar operaciones
instrumentadas en valores ni operaciones de crédito a largo plazo, salvo previa autorización expresa de
la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera sin perjuicio de la autorización preceptiva del
Consejo de Ministros, de conformidad con el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre
de Financiación de las Comunidades Autónomas”.

A estos efectos, y según el artículo 2 del Real Decreto-ley 17/2014, “se entiende por Comunidad
Autónoma y Entidad Local tanto la Administración de la Comunidad Autónoma y de la Entidad Local como
el resto de entidades, organismos y entes dependientes de aquéllas, incluidos en el sector
Administraciones públicas, subsector Comunidades Autónomas y subsector Corporaciones Locales, de
acuerdo con la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la
Unión Europea”

Las condiciones financieras de las operaciones para las que se solicita autorización son las siguientes:

1. Entidad Banco Sabadell, S.A.

- Importe: 250.000.000,00 (doscientos cincuenta millones) de euros

2. Entidad Unicaja Banco, S.A.
- Importe: 100.000.000,00 (cien millones) de euros

PASEO DEL PRADO, 6

28014 MADRID

BLO DE RAMON-LACA CLAUSEN - 2022-04-29 23:29:57 CEST, cargo=Director General del Tesoro y Politica Financiera

autenticidad del documento puede ser|

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SECRETARÍA DE ESTADO
DE ECONOMÍA Y APOYO A LA EMPRESA

MINISTERIO

DE ASUNTOS ECONÓMICOS SECRETARÍA [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO.

Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y FINANCIACIÓN INTERNACIONAL.

FIRMADO

Esta Secretaría General, a la vista de la solicitud presentada, resuelve autorizar la realización de las
operaciones en las condiciones descritas, siempre y cuando para cada una de ellas el coste total máximo
no supere el coste de financiación del Estado al plazo medio de la operación incrementado en 50 puntos
básicos.

Asimismo, se recuerda que la totalidad del clausulado debe ajustarse al marco establecido en la
Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se
define el principio de prudencia financiera y ser conforme con la autorización de Consejo de Ministros,
con fecha de 22 de febrero de 2022, por la que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Canarias a
formalizar operaciones de deuda a largo plazo por un importe máximo 898.747.500€

Por último, las operaciones que se lleven a cabo al amparo de la presente autorización deberán ser
formalizadas como tarde el 30 de junio de 2022.

Firmado electrónicamente por: .
EL DIRECTOR [CÓDIGO DE VERIFICACIÓN OMITIDO] DEL TESORO Y POLÍTICA FINANCIERA

Pablo de Ramón-Laca Clausen

Jen https:/iwww pap hacienda.gob.es

cera

jad del documento puede ser com]

PASEO DEL PRADO, 6
28014 MADRID

PABLO DE RAMON-LACA CLAUSEN - 2022.

La autens
