CONTROL CANÓNICO · 1 OCT 2026
Quién es quién, cómo se organiza y dónde entran nuestros asuntos
Esta vista separa tres cosas que no deben confundirse: jerarquía institucional, rutas funcionales o especializadas y nuestro historial documental. El marcador ^ bloquea una identidad canónica; no convierte una alegación, inferencia o recepción registral en hecho adjudicado.
1. Estructura territorial: la cadena que no debe dibujarse como oficinas paralelas
Fiscalía General del Estado
Fiscal General: Teresa Peramato Martín · PD-MF-PER-0001^
Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Canarias
Fiscal Superior: Jaime Serrano-Jover González · PD-MF-PER-0006^. El Fiscal Superior dirige esta Fiscalía y ostenta la representación y jefatura del Ministerio Fiscal en Canarias.
Fiscalía Provincial de Las Palmas
Beatriz Sánchez Carreras · PD-MF-PER-0007^
Fiscalía Provincial de Santa Cruz de Tenerife
José Luis Sánchez-Jáuregui Alcaide · PD-MF-PER-0009^
Otras unidades territoriales
Secciones territoriales se incorporan solo cuando una fuente las haga materialmente relevantes para el asunto.
Fiscalía de Área de Arrecife de Lanzarote–Puerto del Rosario
M.ª Yolanda López Gómez · PD-MF-PER-0008^. Bajo dependencia de la Fiscalía Provincial de Las Palmas.
2. FGE central, unidades especializadas y Fiscalías nacionales
Inspección Fiscal
María José Osuna Cerezo · PD-MF-PER-0002^
Unidad de Delitos Económicos
Fernando Rodríguez Rey · PD-MF-PER-0003^
Delitos contra la Administración Pública
Emilio Jesús Sánchez Ulled · PD-MF-PER-0004^
Fiscalía Especial Anticorrupción
Alejandro Luzón Cánovas · PD-MF-PER-0005^
Fiscalía de la Audiencia Nacional
Jesús Alonso Cristóbal · PD-MF-PER-0010^
Fiscalía Europea (EPPO)
Rama supranacional separada. Se muestra por interconexión documental, no como órgano subordinado al Ministerio Fiscal español.
3. Matriz de conocimiento/actuación: qué nivel tocó qué asunto
| Asunto | Órgano canónico | Estado mínimo que puede afirmarse |
|---|---|---|
| E.G. 745/2026 | Inspección Fiscal · PD-MF-OFF-0002^ | Actuación/expediente documentado; el corpus interno completo sigue siendo cuestión separada. |
| E.G. 58/2026 | Delitos Económicos · PD-MF-OFF-0015^ | Acto de unión documentado y firmante identificado. |
| DIP 2/2026 / E.G. 112/2026 | Canarias · PD-MF-OFF-0008^ | Actos documentados; la corrección y tratamiento posterior deben mantenerse separados. |
| DI 273 / 248 / 113 / 22 | Las Palmas · PD-MF-OFF-0009^ | Expedientes/actos según cada fuente; no existe conocimiento personal automático por jerarquía. |
| GUB 86/2026 | Arrecife · PD-MF-OFF-0011^ | Remisión/ruta territorial documentada; identidad del expediente receptor y resultado requieren fuente propia. |
4. Gramática probatoria obligatoria
Bloquea el referente. No certifica el mérito de una alegación ni transfiere conocimiento.
REGAGE/RedSARA prueba presentación al destino indicado, no lectura, reparto, unión, investigación o aceptación.
Un acto firmado permite atribuir ese acto. No atribuye todo el expediente ni decisiones ajenas.
La relación orgánica no convierte por sí sola el conocimiento de una oficina en conocimiento probado de su superior.
Una remisión prueba la remisión; el examen material del destinatario necesita su propia fuente.
La Fiscalía Europea se representa como rama supranacional independiente de la jerarquía española.
Fuentes institucionales: fiscal.es — Fiscal General, Canarias, Las Palmas, Tenerife, Delitos Económicos, Delitos contra la Administración Pública, Anticorrupción y altos cargos. Control de esta página: PD-MF-ARCH-20261001-01^.